Alteración prohibida con el sistema de control de emisiones
La legislación federal prohíben los siguientes actos o la inducción a realizarlos: (1) la retirada o
desactivación por parte de cualquier persona, excepto que se realice por motivos de mantenimiento,
reparación o sustitución, de cualquier dispositivo o elemento de diseño incorporado en cualquier motor nuevo
para fines de control de emisiones antes de su venta o entrega al comprador final o mientras se encuentre en
uso, o (2) el uso del motor después de que cualquier persona haya retirado o desactivado dicho dispositivo o
elemento de diseño.
Entre estos presuntos actos de alteración se incluyen los actos que se enumeran a continuación:
No alterar las piezas originales relacionadas con las emisiones:
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Carburador o sistema DFI y sus piezas internas
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Bujía de encendido
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Sistema de encendido magnético o electrónico
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Elemento del filtro de combustible
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Elementos del filtro de aire
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Cárter
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Cabezas de cilindros
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Cámara con respiradero y piezas internas
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Conducto y tubo de admisión