Información Normativa Sobre
las Alarmas de Humo
Instalación de Alarmas de Humo en Residencias Unifamiliares
La National Fire Protection Association (NFPA), recomienda una Alarma de Humo en cada piso,
en cada área de descanso, y en cada dormitorio. En construcciones nuevas, las Alarmas de Humo
deben ser alimentadas con AC y estar interconectadas. Ver "Recomendaciones de Colocación
de la Agencia" para más detalles. Para obtener protección adicional, se recomienda instalar un
detector de humo en todas las habitaciones, pasillos, despensas, áticos y sótanos acabados, donde
las temperaturas generalmente están entre los 40˚ F (4.4˚ C) y 100˚ F (37.8˚ C). Asegúrese de
que ninguna puerta u otra obstrucción impidan que el humo llegue a las Alarmas de Humo.
Para su información, el Código Nacional de Alarmas y Señalización
de Incendios, NFPA 72, dice lo siguiente:
Detección Requerida. Donde sea requerido por leyes, códigos o
estándares aplicables para un tipo específico de
habitación, se instalarán alarmas de humo individuales o múltiples aprobadas según lo siguiente:
•
En todos los dormitorios y cuartos de huésped
•
Fuera de cada área de unidad de dormitorios independiente, dentro de los 21 pies (6.4 m) de
cualquier lado de la puerta de un dormitorio, con la distancia medida a lo largo de un recorrido
•
En cada nivel de una unidad de vivienda, incluyendo los sótanos
•
En cada nivel de una instalación residencial y de atención (instalación pequeña),
incluyendo sótanos y excluyendo entresuelos y áticos sin terminar
•
En la(s) sala(s) de estar de una instalación residencial y de atención (instalación pequeña)
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