Para su seguridad
10
•
Código Técnico de la Edificación:
Atículo 15.4 - Sección HE 4: Contribución solar mínima de agua caliente
-
sanitaria
•
Reglamento de las instalaciones térmicas en los edificios (R.I.T.E.) y sus Ins
trucciones complementarias (I.T.E.):
-
I.T.E. 1.2. Exigencia de la eficiencia energética
-
I.T.E 1.3.4.3 Protección contra incendios
-
I.T.E 1.3.4.4.5 Medición
-
I.T.E 3.2 Mantenimiento y uso de las instalaciones térmicas
3.4 Condiciones de uso
PELIGRO
Peligro de muerte por derrumbamiento del tejado o de la pared
El peso adicional de colectores, carga de aire o nieve así como de personas du
rante el montaje sobrecargan el tejado o la pared. Un tejado o una pared que so
porte la carga suficiente se dañará o caerá.
► Antes del montaje comprobar la carga máxima permitida de tejado o pared
► Montar los colectores solo en tejados o paredes con capacidad de carga su
ficiente
► en caso necesario recurrir a un ingeniero o a una persona competente
3.4.1 Ángulo de montaje
Montaje de tejado plano
► Monte los colectores sobre el bastidor angular opcionalmente en un ángulo
de 30° o 45°.
Con una subestructura adecuada (de fábrica) puede montar los colectores prácti
camente planos sobre un tejado plano.
► Monte los colectores en un ángulo de como mínimo 15° y máximo 90°.
En el caso de un ángulo de montaje < 15° ya no es posible la autolimpieza.
Montaje en pared
► Monte los colectores en la pared con el bastidor angular opcionalmente en un
ángulo de 45° o 60°.
También es posible el montaje vertical de los colectores en la pared
► Asegúrese de no superar un ángulo de montaje de como máximo 90°.
3.5 Conformidad
Por la presente, como fabricantes declaramos que este producto cumple las direc
tivas fundamentales para la puesta en circulación dentro de la UE.
3.6 Obligaciones del montador
Para garantizar un funcionamiento sin problemas del aparato, siga estas indicacio
nes:
► Al hacerlo, siga todas las disposiciones y directrices aplicables.
► Indique al propietario que solo puede realizar el mantenimiento y las repara
ciones un trabajador especializado.
THES2337 07/12 V 1.0