CAP.07 POSICIONAMIENTO Y CONEXIONES PARA EL INSTALADOR
07.1
POSICIÓN DE LAS TOMAS DE AIRE EXTERNAS Y CORRIENTE ELÉCTRICA
max 1250
1
4
A
- Vista posterior (principales cotas para la instalación)
I-Dea2 Frontale - I-Dea2 Angolare
NOTA
Las tomas de aire externas, deben ser realizadas de manera que puedan ser obstruidas accidentalmente y si
estuvieran provistas de red contra insectos, debe ser efectuada una limpieza periódica con el fin de evitar la oclusión de
las mismas del polvo y suciedad, especialmente en los periodos de intensa concentración de polen.
18
Vista
frontal
2
3
Vista
desde
arriba
C
El aparato debe ser instalado en un ambiente cerrado y sobre
un suelo de adecuada capacidad de carga. Si la construcción
existente no satisface este requisito, deberán tomarse medidas
adecuadas (por ej: la realización de una placa de distribución de
carga). La instalación del aparato debe garantizar fácil acceso
para la limpieza del mismo aparato, de los conductos de los
gases de descarga y del humero.
En la Fig. 1 están representadas las distancias mínimas que
deben respetarse. Todas las medidas están expresadas en mm.
La distancia lateral de las distintas instalaciones a las paredes
adyacentes debe respetarse a ambos lados.
Toma eléctrica
1.
Toma de aire exterior (ver cap. 07.4)
2.
Pared posterior
3.
Pared lateral
4.
NOTA
Como se indica en la norma nacional de referencia
UNI 10683, el producto no puede ser instalado en
locales con volumen inferior a 15 m
NOTA
Recuerde que las distancias mínimas de materiales
inflamables so:
I-Dea2 Frontale, I-Dea2 Frontale UP, I-Dea2
Frontale UP/C:
Distancia mínima en aire de pared lateral inflamable (A): 150 mm
Distancia mínima en aire de pared posterior inflamable (B): 100 mm
Distancia frontal en aire de material inflamable (C): 900 mm
I-Dea2 Angolare, I-Dea2 Angolare UP, I-Dea2 Angolare
UP/C, I-Dea2 Angolare 9 kW, I-Dea2 Angolare 9 kW UP,
I-Dea2 Angolare 9 kW UP/C:
Distancia mínima en aire de pared lateral inflamable (A): 500 mm
Distancia mínima en aire de pared posterior inflamable (B): 100 mm
Distancia frontal en aire de material inflamable (C): 900 mm
como se indica en el CAP.06.1 - HOMOLOGACIÓN
.
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