Caldera concebida para empalmarse a un sistema de conducto de humos o a un dispositivo de evacuación de los productos de la combustión al
exterior del local en el que está instalada. La toma del aire se efectúa en el local de instalación y la evacuación de los productos de la combustión se
efectúa al exterior del local mismo.
La caldera no debe tener el dispositivo corta-tiro anti-viento, pero debe estar dotada de un ventilador antes de la cámara de combustión/
intercambiador de calor.
Caldera concebida para ser conectada, por medio de un propio conducto, a un propio terminal de evacuación de los productos de la combustión.
La toma del aire se efectúa en el local de instalación y la evacuación de los productos de la combustión se efectúa al exterior del local mismo.
La caldera no debe tener el dispositivo corta-tiro anti-viento, pero debe estar dotada de un ventilador antes de la cámara de combustión/
intercambiador de calor.
Caldera concebida para empalmarse a terminales horizontales de aspiración de aire y evacuación de humos dirigidos al exterior mediante
conductos de tipo coaxial, o bien mediante conductos de tipo desdoblado.
La distancia entre el conducto de entrada del aire y el conducto de salida de humos debe ser como mínimo de 250 mm y ambos terminales deben
colocarse en el interior de un cuadrado de 500 mm de lado.
La caldera debe estar dotada de un ventilador colocado en la entrada de la cámara de combustión/intercambiador de calor.
Caldera concebida para empalmarse a terminales verticales de aspiración de aire y evacuación de humos dirigidos al exterior mediante conductos
de tipo coaxial, o bien mediante conductos de tipo desdoblado.
La distancia entre el conducto de entrada del aire y el conducto de salida de humos debe ser como mínimo de 250 mm y ambos terminales deben
colocarse en el interior de un cuadrado de 500 mm de lado.
La caldera debe estar dotada de un ventilador colocado en la entrada de la cámara de combustión/intercambiador de calor.
Caldera concebida para empalmarse a un sistema de conductos de humos colectivos que comprende dos conductos, uno para la aspiración del
aire de combustión y el otro para la evacuación de los productos de la combustión, coaxial o bien mediante conductos desdoblados.
El conducto de humos debe estar en conformidad con las normas vigentes.
La caldera debe estar dotada de un ventilador colocado en la entrada de la cámara de combustión/intercambiador de calor.
Caldera con conductos de aspiración aire comburente y evacuación de los productos de la combustión separados.
Estos conductos pueden evacuar en zonas con presiones diferentes.
No se admite la colocación de los dos terminales en paredes contrapuestas.
La caldera debe estar dotada de un ventilador colocado en la entrada de la cámara de combustión/intercambiador de calor.
Caldera concebida para la comercialización sin terminales de evacuación o sin conductos de aspiración del aire y de evacuación de los productos
de la combustión Descarga y aspiración se realizan con tubos comercializados y certificados aparte (1856/1).
Caldera concebida para empalmarse a un terminal para la aspiración del aire comburente y a un conducto de humos individual o colectivo para la
evacuación de humos.
El conducto de humos debe estar en conformidad con las normas vigentes.
La caldera debe estar dotada de un ventilador colocado en la entrada de la cámara de combustión/intercambiador de calor.
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