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ARANTÍA Y RESPONSABILIDAD DEL FABRICANTE
De acuerdo con lo establecido en el Real Decreto Ley 7/2021 de
27 de Abril:
USUARIO DOMÉSTICO
• Tifell responde de las faltas de conformidad que se manifi esten
en un plazo de tres años desde la entrega.
• Salvo prueba en contrario se presumirá que las faltas de
conformidad que se manifi esten transcurridos dos años desde
la entrega, no existían cuando el bien se entregó.
• La garantía de los repuestos tendrá una duración de tres años y
la de la mano de obra y desplazamiento dos años, ambas desde
la fecha de entrega del aparato.
USUARIO PROFESIONAL
Tifell responde de las faltas de conformidad que se manifi esten en
un plazo de SEIS MESES desde la entrega.
CONDICIONES GENERALES DE GARANTÍA
Tifell garantiza la calidad de los materiales empleados en la
fabricación y se compromete, durante el periodo de garantía, a
sustituir los componentes reconocidos como defectuosos, siempre
y cuando los defectos no sean imputables a cualquiera de los
motivos reconocidos como exclusiones. Todo ello sin que Tifell se
haga responsable de los daños ocasionados, directos o indirectos
de cualquier naturaleza.
Para que la garantía sea efectiva deben concurrir las siguientes
condiciones:
• que el aparato sea almacenado en buenas condiciones y a
resguardo de los agentes atmosféricos antes de la instalación;
• que el aparato no haya sufrido daños durante el transporte, la
manipulación o la instalación;
• que la instalación sea realizada por personal cualifi cado y
de acuerdo con las instrucciones del aparato y con todas las
normativas aplicables;
• que el comprador haya efectuado el pago del aparato en los
términos que se hayan establecido;
• que la puesta en marcha y todas las eventuales reparaciones
sean efectuadas exclusivamente por un SAT ofi cial;
• que el SAT ofi cial cumplimente los datos relativos a la puesta
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en marcha;
• que todos los repuestos que sea necesario sustituir sean
originales Tifell;
• que la puesta en marcha del aparato sea efectuada antes de
que se cumplan 5 años desde su fecha de fabricación y
• que se hayan realizado las revisiones obligatorias establecidas
en la legislación aplicable.
EXCLUSIONES
Quedan excluidas de la presente garantía las averías producidas
por:
• el transporte o incorrecto almacenamiento;
• instalación del aparato en un local con ambiente corrosivo,
agresivo o con humedad excesiva;
• instalación hidráulica, eléctrica, de combustible o de conductos
de humos incorrecta;
• mala calidad de los suministros de agua (incrustaciones
calcáreas,...), combustible o electricidad (picos y variaciones de
tensión,...);
• utilización de aguas especialmente agresivas o duras,
• sobrecarga de cualquier índole;
• el normal desgaste por el uso (lámparas, fusibles, ánodos,
refractario, juntas, mandos, boquillas, líquido caloportador solar,
fi ltros...).
• fenómenos atmosféricos u otros de fuerza mayor (heladas,
tormentas con aparato eléctrico, granizo, lluvia inundaciones...);
• la utilización de accesorios y recambios no originales;
• mal uso o negligencia del usuario;.
CARACTERÍSTICAS DEL AGUA
Normativa de referencia:
• RD 140/2003 del 7 de Febrero Calidad del agua para el consumo
humano.
• UNE 112.076, Punto 6.3 Prevención de la corrosión en circuitos
de agua.
• Directiva 98/83/CE de 3 de noviembre de 1998 relativa a la
calidad de las aguas destinadas al consumo humano.
Se aconseja controlar las características del agua empleada
e instalar los dispositivos adecuados para su tratamiento. En
particular se debe recordar que la agresividad del agua crece
ostensiblemente con el aumento de la temperatura.
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