9) No congele alimentos que hayan sido previamente descongelados en su
totalidad. El Departamento de Agricultura de los Estados Unidos, en su
Boletín de Casa y Jardín No. 69 indica que: "...Usted puede volver a
congelar, sin correr ningún riesgo, aquellos alimentos congelados que
hayan sido descongelados y que aún contengan cristales de
hielo o que aún se encuentren fríos con una temperatura por
debajo de los 4,5°C (40°F)".
"...Carnes molidas, aves, o pescados descongelados que despidan olor
extraño o muestren decoloración no deben volver a congelarse y no deben
consumirse. El helado descongelado debe desecharse. Si el olor o color de
cierto alimento es deficiente o cuestionable, deséchelo. Tal alimento podría
resultar peligroso si lo ingiriese."
"...Incluso el descongelar parcialmente y volver a congelar los alimentos
disminuye su calidad de consumo, especialmente si se trata de frutas,
verduras y alimentos preparados. La calidad de consumo de las carnes
rojas es menormente afectada en comparación a la de muchos otros
alimentos. Utilice los alimentos que hayan vuelto a congelarse lo más
pronto posible para evitar que sufran mayor deterioro en su
calidad de consumo."
10) Este refrigerador no debe de ser empotrado o colocado dentro
de un gabinete de cocina. Ha sido diseñado exclusivamente
para ser instalado por separado.
11) No opere su congelador en la presencia de gases explosivos.
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Espa
ol
Español
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