Tabla 4.2 Resumen de longitudes de tubería de refrigerante permitidas y diferencias de nivel
Categoría
Longitud total de la tubería
Longitud equivalente entre
Longitudes de
la unidad interior más
la tubería
lejana y la unidad exterior
Longitud de tubería entre la unidad interior
más lejana y el primer distribuidor interior
Mayor diferencia de nivel
entre la unidad interior y
Diferencia de
exterior
nivel
Mayor diferencia de nivel entre las unidades
interiores
Los requisitos de longitud de tubería y diferencia de nivel
que se aplican se resumen en la Tabla 4.2 y se describen
completamente a continuación.
1. Requisito 1: Longitud de tubería entre la unidad
interior más lejana (N14) y el primer distribuidor exterior
(M) no debe exceder los 150 m (longitud real) y 175 m
(longitud equivalente). (Longitud equivalente de cada
distribuidor es de 0,5 m, y la longitud equivalente de
cada cabezal distribuidor es de 1 m).
2. Requisito 2: La tubería entre la unidad interior más
lejana (N14) y el primer distribuidor interior (A) no
debe exceder los 40 m de longitud (Ʃ{L2 a L5} +e≤
40m o Ʃ{L6 a L10} + n≤40m) a menos que se cumplan
las siguientes condiciones y se toman las siguientes
medidas, en cuyo caso la longitud permitida es de
hasta 90 m.
Condiciones:
a) Cada derivador de tubería interior (desde cada unidad
interior hasta su derivador más cercano) no supere los
40 m de longitud ("a" a "n" cada ≤ 40 m).
b) La diferencia de longitud entre {(la tubería desde
primer derivador interior (A) a la unidad interior más
lejana (N14)} y {la tubería desde el primer derivador
interior (A) hasta la unidad interior más cercana (N1)}
no supera los 40 m. Eso es: (Ʃ{L6 to L10} + n) - (L2 +
a) ≤ 40 m.
Medidas :
a) Aumente el diámetro de las tuberías de las unidades
interiores (las tuberías entre primer derivador interior y
todos los demás derivadores interiores, de L2 a L10)
de la siguiente manera, excepto en el caso de las
tuberías principales interiores que ya tienen el mismo
tamaño que la tubería principal (L1), para las que no se
requieren aumentos de diámetro.
Tabla 4.3 Tamaño de tubería diámetros de aumento
permitidos (mm)
Φ9.52 a Φ12.7
Φ12,7 a Φ15,9
Φ19.1 a Φ22.2
Φ22,2 a Φ25,4
Φ28.6 a Φ31.8
Φ31,8 a Φ38,1
Φ41.3 a Φ44.5
Φ44,5 a Φ50,8
permitidos
Longitud real
Longitud
equivalente
≤ 40 m / 90 m
La unidad
exterior está
arriba
La unidad
exterior está
debajo
3. Requisito 3:
Tabla 4.4
4.3.3 Diámetro de la tubería
1. Seleccione el diámetro de la tubería principal
• La tubería principal (L1) y el primer distribuidor interior
Φ15,9 a Φ19,1
Φ25,4 a Φ28,6
Φ38,1 a Φ41,3
Φ50,8 a Φ54,0
19
Valores
Tuberías
L1+L2+L3+L4+L5+L6+L7+
≤ 560 m
L8+...+L11+a+b+c+d+e+f+g+h+i+...
+m+n
≤ 150 m
L1+L2+L3+L4+L5+e o
L1+L6+L7+L8+L9+L10+n
≤ 175 m
(Requisitos 1)
L2+L3+L4+L5+e o
L6+L7+L8+L9+L10+n
(Requisitos 2)
≤ 50 m
H (Requisitos 3)
≤ 40 m
≤ 30 m
La mayor diferencia de nivel entre la
unidad interior y la unidad exterior no debe superar
los 50 m.
(si la unidad exterior está arriba) o 40 m (si
la unidad exterior está debajo). Adicionalmente: Si la
unidad exterior está arriba y la diferencia de nivel es
superior a 20 m, se recomienda instalar un codo de
retorno de aceite con las dimensiones especificadas
en la Figura 4.11 cada 10 m en la tubería de gas de la
tubería principal.
D
Φ19,1
Φ22,2
Φ25,4
Φ28,6
R
≥ 31
≥ 45
H
≥300
D
Φ41,3
Φ44,5
Φ50,8
R
≥ 80
H
≥ 500
(A) deben dimensionarse de acuerdo con la Tabla 4.5
y 4.6.
h
Fig. 4.11
Unidad: mm
Φ31,8
Φ38,1
≥ 60
Φ54,0
Φ63,5
≥ 90