Certificado De Garantia - ESAB BUDDY TIG 200 HF Instrucciones De Uso Y Repuestos

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CERTIFICADO DE GARANTIA

PARA EQUIPOS DE SOLDADURA FABRICADOS POR ESAB
PRIMERO: CONARCO S.A. se obliga conforme a los términos y condiciones de la presente garantía a
reparar cualquier pieza o parte constitutiva de los equipos de soldadura por arco (en adelante "equipos")
fabricados por ESAB, siempre que la operación deficiente que sea objeto de reparación se origine en
circunstancias de uso normales debido a defectos en los materiales constitutivos o en su hechura y
dentro de los períodos que se mencionan a continuación.
SEGUNDO: Los bienes garantizados deberán ser equipos adquiridos de primera mano. Las condiciones
de uso, instalación y de mantenimiento necesarios para el funcionamiento del equipo se encuentran en
el manual de instrucciones que lo acompaña.
TERCERO: La presente garantía cubre los equipos situados en el territorio de la República Argentina.
CUARTO: El único documento válido para acreditar que el equipo se encuentra dentro del período
de garantía es la factura de compra. Se deberá presentar dicha factura cada vez que se efectúe un
reclamo.
QUINTO: Las reparaciones serán efectuadas por personal técnico de CONARCO S.A., Taller de
Servicio Autorizado ESAB, o por quien CONARCO S.A. designe, los cuales luego de verificar el daño,
determinarán las características de la reparación. Conforme el informe de los técnicos. CONARCO S.A.
determinará si la reparación está alcanzada por la presente cobertura, si así fuera, dentro de los 30 días
deberá efectuar la reparación del equipo dañado. Dicho plazo de reparación podrá extenderse a 90
días cuando no se disponga en plaza de los repuestos necesarios para su reparación. De no poderse
obtener los repuestos necesarios para la reparación del equipo o cuando el costo de las reparaciones a
efectuar excediera en plaza el valor a nuevo del equipo dañado, se reemplazará el mismo por el valor a
nuevo de un equipo de características y prestaciones funcionales similares al dañado.
SEXTO: CONARCO S.A. no cubrirá los costos de las reparaciones cuando los daños del equipo
sean consecuencia de: a) Su uso indebido o abusivo o de deficiencias, sobre tensiones, descargas
o interrupciones del circuito de alimentación eléctrica o rayos, deficiencias en la instalación eléctrica,
conexiones indebidas o falta de conexión a tierra. b)Deterioro por depreciación y/o desgaste causado
por el natural y normal uso o funcionamiento del equipo, siempre que dicha depreciación o desgaste
no impida su funcionamiento u operación. c)EI uso de piezas, baterías o cualquier otro repuesto,
contrariando las instrucciones del fabricante. d)Desperfectos causados por fallas en unidades
transformadoras o generadoras colocadas en forma externa al equipo, excepto cuando estas hayan
sido provistas por CONARCO S.A. junto con ésta. e) EI arreglo, reparación o desarme del equipo o
de cualquier parte del mismo por una persona no autorizada por CONARCO S.A. en el período de
la garantía. f)Cualquier otra causa que no fuera defecto de fabricación. g)Tampoco será responsable
Conarco S.A. del lucro cesante que pudiera sufrir el propietario del equipo por la demora en la
reparación del producto.
SÉPTIMO: Las obligaciones contraídas por CONARCO S.A. bajo las garantías aquí otorgadas
requerirán que el comprador comunique a CONARCO S.A. en forma oral o escrita sobre las fallas del
equipo en un plazo que no exceda 72 horas de ocurrida la falla.
OCTAVO: El departamento técnico de CONARCO S.A. está a disposición de los usuarios para evacuar
(sin cargo) cualquier duda o consulta que se quiera formular con relación a las cualidades del producto,
utilidad, manipulación e instalación.
NOVENO: Los plazos de garantía que otorga Conarco S.A. corren a partir de la fecha de la factura
al consumidor final y son de 90 días para torchas MIG, TIG y Corte por Plasma, controles remoto,
repuestos y piezas reparadas, de 2 años para Fuentes de poder MIG y Alimentadores de alambre y,
Fuentes de poder para corte plasma, Fuentes de poder para soldadura con electrodo revestido y/o TIG,
Fuentes de poder para soldar por arco sumergido, y 3 años para fuentes de poder denominadas REBEL
y de 1 año para transformadores compactos y Casettes de máscaras de soldar. Todo ello, sin perjuicio
del mayor plazo de garantía que pudiera haber otorgado el fabricante del equipo, tratándose de bienes
importados, en cuyo caso, la garantía dada por CONARCO S.A. lo será sin perjuicio del derecho del
adquirente de reclamar al productor una vez vencida la primera, en caso que el fabricante otorgara su
garantía de producción por un plazo superior a los mencionados..
PRECAUCION: El equipo deberá ser conectado adecuadamente a tierra. La red eléctrica deberá ser
acorde a los requerimientos del equipo.

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