Apéndice E
Limitaciones de la licencia. Además de lo estipulado
en el presente Acuerdo, el usuario estará obligado a lo
siguiente: (i) no realizar o distribuir copias del Software o
de la Documentación ni transferir de manera electrónica el
Software o la Documentación entre ordenadores o a través de
una red; (ii) no alterar, combinar, modificar, adaptar, descifrar
o traducir el Software o la Documentación correspondiente,
ni descomprimir, aplicar ingeniería inversa, desensamblar
o convertir de cualquier otra forma el Software en formato
perceptible por el ser humano (salvo en el grado permitido
por la ley, sin perjuicio de la presente disposición); (iii) no
compartir, vender, alquilar u ofrecer en concesión o sublicencia
el Software o la Documentación correspondiente; (iv) no
modificar el Software o crear trabajos derivados a partir del
mismo; (v) reproducir todos los avisos de copyright y marcas
de propiedad incluidas en el Software y la Documentación
cuando realice copias de seguridad de los mismos; (vi) no
utilizar el Software para la gestión de redes comerciales con
más de 8 ordenadores; (vii) no emplear bajo ningún concepto
el Software para evaluaciones de la competencia, incluido el
desarrollo de software competidor; (ix) en la medida en que
lo permita la ley, no ceder, otorgar sublicencias o transferir
de cualquier modo el Software, salvo que el cesionario,
sublicenciatario o receptor acepte de forma expresa todos
los términos del presente Acuerdo.
El Software y la Documentación contienen secretos
comerciales o materiales con derechos de autor de Cisco o
sus distribuidores. Está totalmente prohibido revelar o poner
a disposición de terceros el material y la información citados
anteriormente.
En caso de incumplimiento del presente Acuerdo, la licencia
concedida quedará invalidada de inmediato. En tal caso el
usuario deberá (i) interrumpir todo uso del producto de Cisco
que integre el Software, o (ii) desinstalar el Software y destruir
todas las copias del mismo y de la Documentación, si se
adquirió por separado. El resto de derechos y obligaciones de
ambas partes recogidos en el presente Acuerdo, mantendrán
su vigencia.
Propiedad. El Software y la Documentación se otorgan
mediante licencia y no suponen la venta de los mismos
por parte de Cisco ni de ningún tercero de acuerdo con lo
estipulado por el Anexo 3. Todo derecho, título o interés,
incluidos los derechos de copyright y de propiedad intelectual
del Software y la Documentación y de todas las copias y
partes de los mismos continuarán en posesión de Cisco y de
sus otorgantes de licencias. Cisco y sus otorgantes de licencias
se reservan los derechos que no hayan sido concedidos al
usuario por el presente Acuerdo. La utilización de productos
de software recomendados por Cisco pero fabricados por
otras empresas queda regulada por los acuerdos de licencia
de usuario final de dicho producto.
Enlaces y publicidad. Es posible que en el Software se
incluyan enlaces a sitios web o a productos de Software de
terceros que, por tanto, quedan fuera del control de Cisco.
Cisco no garantiza la calidad, adecuación funcionalidad o
legalidad de ninguno de dichos sitios o productos y el usuario
no efectuará reclamaciones a Cisco por dichos sitios web
y productos de software. Toda correspondencia, acuerdos
comerciales o participación en promociones de anunciantes
encontrados en el Software, así como todo tipo de términos,
Router doméstico Wireless-N
Acuerdo de licencia del software para el usuario final
garantías o asunciones emanadas de dichos acuerdos, serán
responsabilidad exclusiva del usuario y el anunciante. El
usuario admite que Cisco no tendrá responsabilidad alguna
por las pérdidas o daños, de cualquier especie, provocados
por dichos acuerdos ni de la presencia de los anunciantes
citados en el Software de Cisco.
Recopilación y procesamiento de la información. El usuario
acuerda que Cisco o sus filiales pueden, de forma ocasional,
recopilar y procesar información acerca del Software, el
producto Cisco o la utilización que de los mismos haga
el usuario con el objeto de (i) permitir a Cisco ofrecer
Actualizaciones; (ii) facilitar asistencia para el producto o el
Software; (iii) garantizar que el producto Cisco propiedad
del usuario o el Software se están utilizando con arreglo a lo
estipulado por el presente Acuerdo; (iv) favorecer mejoras
en los métodos empleados por Cisco para hacer llegar su
tecnología al usuario y al resto de sus clientes; (v) presentar
informes sobre el estado y el mantenimiento de la red, como
el tráfico de la misma y el uso de aplicaciones; (vi) facilitar
a Cisco el cumplimiento con los términos de cualquier
acuerdo celebrado entre ella y algún tercero y relacionado
con el Software o el producto Cisco propiedad del usuario o
(vii) permitir a Cisco el cumplimiento de toda ley o normativa,
así como de las normas establecidas por cualquier autoridad
u organismo del gobierno. Cisco o sus filiales podrán reunir
y procesar esta información siempre que no identifiquen al
usuario.
La función para la creación de informes de ciertos Software
permite al usuario efectuar un seguimiento de la actividad
llevada a cabo en los ordenadores de su hogar u oficina. Es
necesario activar dicha función para recibir los informes. Si
activa la función mencionada, el usuario asume que: (a) el
Software efectúa un seguimiento de los componentes y
actividades mencionados a continuación: tráfico de la red (p.
ej. megabytes por hora), uso de aplicaciones (se controla la
ventana que permanece en primer plano y cuánto tiempo
permanece cada aplicación en uso durante la utilización activa
del ordenador) e historial de Internet. (b) Los ordenadores en
los que se active esta función, enviarán los datos anteriores
a los servidores de Cisco o de algún tercero a intervalos
periódicos mientras el ordenador esté conectado a Internet.
La información se asociará a la dirección de correo electrónico
que haya proporcionado el usuario al activar la función y se
almacenarán juntos. Los datos recopilados se resumirán en un
informe oficial y se enviarán a la dirección de correo electrónico
indicada. (c) Cualquier ordenador conectado a la red que
disponga del Software podrá permitir a otros ordenadores
la generación de informes (siempre que se encuentren en
la misma red primaria). En tal caso, el ordenador controlado
mostrará un mensaje de notificación en este sentido. Siempre
que se inicie el Software y mientras la opción de seguimiento
permanezca activada en dicho ordenador, el usuario del
mismo verá aparecer el mensaje de notificación. Es posible
activar o desactivar la función de seguimiento desde cualquier
ordenador que disponga del Software.
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