NUEVOS PARÁMETROS DE SEGURIDAD DE LAS BARRERAS TIPO 2 Y
OBLIGACIÓN DE ETIQUETADO
Con la publicación de la norma armonizada EN 61496-1 ed. 3 ya no es posible usar
una barrera de seguridad Tipo 2 para funciones de seguridad evaluadas SIL 2 / PL d.
Si se requiere un nivel de seguridad equivalente a SIL 2 / PL d (o más alto) y si se
quiere utilizar siempre una barrera de seguridad, será entonces necesario usar una
barrera fotoeléctrica de seguridad Tipo 4.
Este requisito normativo deriva de que la reducción del riesgo que se puede obtener
mediante una barrera fotoeléctrica de seguridad no depende sólo del nivel de
prestación correspondiente a la seguridad de sus partes electrónicas, sino que
también está determinada por su capacidad sistemática (por ejemplo: influencias
ambientales, prestación óptica y principio de detección).
En verdad, las capacidades sistemáticas de una barrera fotoeléctrica Tipo 2 podrían
no ser suficientes para garantizar una reducción adecuada del riesgo en las
aplicaciones SIL 2 / PLd.
La norma también establece que el etiquetado de las barreras de seguridad Tipo 2
contenga obligatoriamente esta limitación para SIL 1 / PLc.
En cambio, los valores de PFHd declarados para la parte electrónica de mando del
dispositivo no están limitados; por ello, en la evaluación global de la función de
seguridad es posible usar el valor de PFHd proporcionado por el fabricante del
dispositivo, incluso si supera los intervalos de SIL 1 / PLc.
8540488 • 01/09/2016 • Rev.14
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