8.
Cuando la motocicleta haya sido utilizada en
competencias deportivas, en alquiler, o como
vehículo de prueba o aprendizaje de conductores.
9.
Cuando
haya
cualquier
combustible o lubricación no recomendado por
AUTECO.
10.
Cuando, por exceso de suciedad se genere alguna
avería.
EXCLUSIONES:
Se encuentran excluidas tanto de la garantía legal como
de la suplementaria, las siguientes partes (la lista que se
anota a continuación es taxativa y no enunciativa, por lo
cual, las partes no incluidas expresamente, se
encuentran cubiertas por la garantía):
- De acuerdo con lo establecido por la Superintendencia
de Industria y Comercio, en el numeral 1.2.2.2.1 de la
Circular Única, se considerarán partes de desgaste las
siguientes: llantas, neumáticos, bujías, discos de clutch,
pastillas o bandas para freno, kit de arrastre, cable del
embrague, cable del acelerador, filtro de combustible,
filtro de aceite, filtro de aire, bujes de suspensión
trasera, cunas de dirección y retenedores de tubos
telescópicos. También se incluyen en esta lista,
sustancias o materiales que, no siendo exactamente
daño
causado
por
partes, por tratarse de elementos de consumo, también
están excluidas de la garantía, a saber: aceite de motor,
aceite de suspensión y líquido de frenos.
-Pintura y cromo, por su deterioro natural, debido a su
exposición a la intemperie, por daños ocasionados por
agentes externos como productos químicos o por actos
de terceros y choques.
-Partes o sistemas que, sin autorización de AUTECO,
hubieren sido objeto de modificaciones o alteraciones,
así como instalación de piezas que no pertenezcan a los
diseños
originales
reguladores, rectificadores, cables eléctricos, bobinas,
cajas de fusibles, unidades de encendido electrónico,
baterías, cables en general, relay, etc. Cuando estos
hubieren sido manipulados en virtud de la instalación de
dispositivos ajenos al diseño original de la motocicleta
(alarmas, accesorios sonoros o electrónicos, etc.), o
cuando dichas partes resultan dañadas por razón de
lavado a presión u otras causas no inherentes a su uso
normal.
-Las partes que hubieren debido ser intervenidas en
alguna de las revisiones técnicas obligatorias, a las
cuales el usuario no hubiere asistido o lo hubiere hecho
extemporáneamente.
Daños ocasionados por incendio, choque o cualquier
otro agente externo.
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del
vehículo,
interruptores,