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Figura 8-2. Ajustes de protección de sobretensión del generador
Pérdida de detección
La tensión de la máquina es vigilada en caso de una condición de pérdida de detección (LOS, en inglés).
En el DECS-150, un evento de pérdida de detección se calcula con el uso de componentes de
secuencia. Un evento de pérdida de detección ocurre cuando la tensión de secuencia positiva (V1)
desciende por debajo del ajuste Nivel de tensión equilibrada del punto de ajuste de la AVR, o cuando la
tensión de secuencia negativa (V2) aumenta por encima del ajuste Nivel de tensión desequilibrada de la
tensión de secuencia positiva. Cuando el evento ocurre se inicia un retardo, a través del cual se demora
la alarma un tiempo predeterminado.
Se puede utilizar una condición de pérdida de detección para iniciar el modo de control transferencia a
manual (FCR). También se puede configurar dentro de BESTlogicPlus para iniciar otras acciones. La
protección se puede habilitar e inhabilitar sin alterar los ajustes Nivel de activación y Retardo.
La protección de pérdida de detección se inhabilita automáticamente cuando se produce un cortocircuito.
El cortocircuito se detecta cuando la corriente medida es mayor que el doble de la corriente nominal para
una conexión de TC monofásica y cuando la corriente de secuencia positiva (I1) es mayor que el doble
de la corriente nominal para una conexión de TC trifásica.
La Tabla 8-1 define el criterio de pérdida de disparo de detección Deben reunirse todos los criterios de
una sola columna.
Detección trifásica seleccionada
V1 > Tensión equilibrada* % del
punto de ajuste AVR
V2 > Tensión equilibrada* % de
V1
I2 < 17,7% I1
o
I1 < 1% I
nominal
* Indica el valor utilizado para el ajuste de pérdida de detección.
La pantalla de Pérdida de detección se ilustra en la Figura 8-3.
DECS-150
Tabla 8-1. Criterio de pérdida de disparo de detección
V1 < Tensión equilibrada* %
del punto de ajuste AVR
I1 < 200% I
Detección monofásica
máquina V
% del punto de ajuste AVR
nominal
seleccionada
< Tensión equilibrada*
prom
I1 < 200% I
nominal
I2 < 17,7% I1
o
I1 < 1% I
nominal
Protección
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