2.3 Cualificación y obligaciones de los operarios
2.4 Equipos de protección personal
Versión: Enero de 2013
La realización de tareas en el generador solo está permitida
al personal autorizado.
El personal autorizado:
Tiene que haber cumplido los 18 años.
Tiene que poseer una formación de primeros auxilios y
ser capaz de prestarlos.
Tiene que conocer y saber aplicar las prescripciones de
prevención de accidentes y las indicaciones de
seguridad del generador.
Tiene que haber leído el capítulo "Condiciones generales
de seguridad".
Tiene que haber entendido el capítulo "Condiciones
generales de seguridad".
Tiene que saber utilizar en la práctica y aplicar los
contenidos del capítulo "Condiciones generales de
seguridad".
Tiene que estar formado y haber sido instruido en las
normas de conducta en caso de avería.
Tiene que disponer de las aptitudes físicas y psíquicas
para desempeñar sus competencias, tareas y trabajos
con y en el generador.
Tiene que estar formado e instruido en función de sus
competencias, tareas y trabajos con y en el generador.
Tiene que haber entendido y saber aplicar la información
de
la
documentación
competencias, tareas y trabajos con y en el generador.
Se tendrán que llevar los siguientes equipos de protección
personal en todos los trabajos en el generador descritos en
las presentes instrucciones:
Protección auditiva
Guantes de protección
Casco de protección
Calzado de protección
Ropa de protección ignífuga (en entornos donde existe
peligro de incendio)
ESE 904 - 1304 DBG DIN
técnica
conforme
a
sus
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