Declaración de garantía del fabricante
(Unión Europea)
1. Cobertura de la garantía del fabricante
Como fabricante del aparato, Truma ofrece al consumidor una
garantía que cubre posibles daños de material y/o de fabrica-
ción del aparato.
Esta garantía tiene vigencia en los estados miembros de la
Unión Europea, así como en Islandia, Noruega, Suiza y Tur-
quía. El consumidor es la primera persona física que adquiere
el aparato del fabricante, fabricante de equipamiento original
o distribuidor y no lo vende ni instala a terceros en el marco
de una actividad profesional autónoma o comercial.
La garantía del fabricante es válida para los defectos anterior-
mente indicados que se produzcan en un plazo de 24 meses
desde la celebración del contrato de compraventa entre el
vendedor y el consumidor final. El fabricante o un socio de
servicio autorizado subsanará tales defectos por cumplimien-
to posterior, pudiendo elegir libremente entre la reparación o
la sustitución. Las piezas defectuosas pasan a ser propiedad
del fabricante o del socio de servicio autorizado. Si el aparato
ya no se fabrica en el momento en el que se comunica el de-
fecto, en caso de que sea necesario sustituir el producto, el
fabricante puede suministrar también un producto similar.
Si el fabricante hace efectiva la garantía, para las piezas repa-
radas o sustituidas no se reiniciará el plazo de dicha garantía,
sino que seguirá corriendo el antiguo.
Solo el fabricante o un socio de servicio autorizado están
autorizados a realizar los trabajos contemplados en la garan-
tía. Los costes que se generan en caso de hacer uso de la
garantía se liquidan entre el socio de servicio autorizado y el
fabricante.
Los costes adicionales por condiciones dificultosas de des-
montaje y montaje del aparato (como desmontaje de muebles
o piezas de carrocería), así como gastos de desplazamiento
del socio de servicio autorizado o del fabricante no pueden
incluirse en las prestaciones de garantía.
Se excluye cualquier otro tipo de pretensión, en particular las
reclamaciones por daños y perjuicios por parte del consumi-
dor o de terceros. Todo ello se entiende sin perjuicio de las
normas de la Ley alemana de responsabilidad por productos
defectuosos (Produkthaftungsgesetz).
La garantía voluntaria del fabricante no afecta de ninguna
forma las pretensiones legales vigentes del consumidor a re-
clamar por defectos materiales frente al vendedor en el país
de compra.
En algunos países pueden existir garantías otorgadas por
los distribuidores correspondientes (distribuidor oficial, socio
de Truma). Estas garantías las puede tramitar el consumidor
directamente a través del distribuidor al que ha comprado el
aparato. Se aplican las condiciones de garantía del país en el
que el consumidor haya adquirido el aparato por primera vez.
2. Exclusión de la garantía
No existe derecho de garantía:
– si se ha hecho un uso inadecuado, indebido, erróneo, negli-
gente o impropio del aparato,
– si la instalación, montaje o puesta en marcha se realizan de
forma inadecuada, sin tener en cuenta las instrucciones de
uso y montaje,
– en caso de manejo u operación inadecuados que difieran
de las instrucciones de uso y montaje, especialmente en ca-
so de inobservancia de las indicaciones de mantenimiento,
cuidado y advertencia,
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