Prescripciones Normativas Y De Seguridad; Notas Generales; Definiciones De "Técnico Especializado" Y "Operador; Técnico Especializado - LEGRAND Keor MOD 125 Manual De Instalación Y Mantenimiento

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2. Prescripciones normativas y de seguridad

PELIGRO
Antes de efectuar alguna operación en el equipo, se ha de leer detenidamente todo el manual y, en especial, este
capítulo.
Conservar meticulosamente este manual y consultarlo repetidamente durante la instalación y el mantenimiento
efectuados por un técnico especializado.
2.1

Notas generales

El equipo se ha fabricado para las aplicaciones contenidas en el manual. No se ha de usar para fines para los que no ha
sido diseñado o diferentes de los especificados en este manu al.
Las varias operaciones se han de efectuar cumpliendo los criterios y la cronología descritos en este manual.
2.2
Definiciones de "Técnico especializado" y "Operador"
2.2.1 Técnico especializado
La persona especializada que efectuará la instalación, la puesta en marcha y el mantenimiento ordinario es denominada
"Técnico especializado".
Esta definición se refiere a las personas cualificadas por LEGRAND, que poseen una cualificación técnica específica y
conocen el método para efectuar la instalación, el ensamblaje, la reparación y la puesta en línea y usar el equipo en un
modo seguro.
Junto a los requisitos enumerados en la siguiente apartado para un operador general, el técnico especializado posee
una cualificación según las normas nacionales de seguridad para trabajar con tensiones eléctricas peligrosas y usa los
EPIs requeridos por las normas nacionales de seguridad para todas las operaciones indicadas en este manual (véase los
ejemplos enumerados en el apartado 2.3.).
INDICACIÓN
El responsable de seguridad responde de la protección y de los riesgos de la empresa en cumplimiento de las directivas
europeas 2007/30/CE y 89/391/CEE en materia de seguridad en el lugar de trabajo.
El responsable de seguridad ha de garantizar que todas las personas que trabajan en el equipo hayan recibido todas las
instrucciones relativas en el manual, especialmente las contenidas en este capítulo.

2.2.2 Operador

La persona especializada asignada al equipo para el uso normal es denominada "Operador".
Esta definición se refiere a las personas en posesión de know how para hacer funcionar el equipo definido el manual del
usuario y que han de reunir los siguientes requisitos:
1. formación técnica, que les habilita a trabajar según las normas de seguridad sobre los peligros derivados de la presen-
cia de la corriente eléctrica;
2. formación sobre el uso de los EPIs y sobre intervenciones básicas de primeros auxilios.
El responsable de seguridad de la empresa, al elegir a la persona (operador), que usa el equipo, ha de considerar
- la aptitud para el trabajo de la persona según las leyes vigentes;
- el aspecto físico (no puede ser nunca portador de discapacidades);
- el aspecto psicológico (equilibrio mental, sentido de la responsabilidad);
- su educación, formación y experiencia;
- el conocimiento de las normas, los reglamentos y las medidas para la prevención de accidentes.
Asimismo, ha de impartir una formación para conocer a fondo el equipo y sus componentes.
Algunas actividades típicas que el operador ha de efectuar son:
- el uso del equipo durante su estado de funcionamiento normal y el restablecimiento del funcionamiento después de
la parada;
- la adopción de las medidas necesarias para mantener las prestaciones de calidad del SAI;
- la limpieza del equipo;
- cooperación con personal responsable de las actividades de mantenimiento ordinario (técnicos especializados).
2.3
Dispositivos de Protección Individual
PELIGRO
El SAI presenta un riesgo considerable de descargas eléctricas y una corriente de cortocircuito alta. Durante las operacio-
nes de instalación, uso y mantenimiento, el equipo indicado en esta sección se ha de usar.
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Keor mod 250

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