1.3
CONTRATO DE LICENCIA DE SOFTWARE
1.3
CONTRATO DE LICENCIA DE SOFTWARE
Este paquete se compone de los elementos que se indican a continuación, suministrados por Konica Minolta
Business Technologies, Inc. (KMBT): el software incluido como parte del sistema de impresión ("software de
impresión"), los datos de diseño legibles por ordenador codificados digitalmente en un formato especial y
de forma codificada ("programas de fuentes"), otro software utilizado junto con el software de impresión
("software de servidor") y documentación explicativa relacionada ("documentación"). El término "software"
se utilizará para describir el software de impresión, los programas de fuentes y/o el software de servidor, así
como para incluir cualquier actualización, versión modificada, adición o copia del software.
Por el presente contrato, se concede la licencia del software de conformidad con las siguientes condiciones.
KMBT le concede una sublicencia no exclusiva para utilizar el software y la documentación a cambio de la
aceptación de lo siguiente:
1.
Se autoriza el uso del software y los programas de fuentes para imagen correspondientes en los
dispositivos de salida objeto de la licencia y solo para fines internos.
2.
Además de para aquellos fines previstos en la licencia para programas de fuentes recogida en la
Sección 1, puede utilizar los programas de fuentes Roman para reproducir espesores, estilos y
versiones de letras, números, caracteres y símbolos ("tipos de letra") en su pantalla o monitor y para
fines internos.
3.
Puede hacer una copia de seguridad del software de servidor, siempre que no la instale o utilice en
ningún ordenador. A pesar de las limitaciones anteriores, puede instalar el software de servidor en
todos los ordenadores que desee únicamente si se va a utilizar con uno o más sistemas de impresión
que funcionen con el software de impresión.
4.
El licenciatario puede ceder todos los derechos e intereses relativos al software y la documentación
que se derivan del presente contrato a un cesionario ("cesionario"), siempre que le transfiera todas las
copias del software y la documentación y que el cesionario acceda a obligarse de conformidad con los
términos y condiciones del presente contrato.
5.
Por el presente, Ud. se compromete a no modificar, adaptar o traducir el software y la documentación.
6.
Asimismo, se abstendrá de alterar, descomponer, desencriptar, aplicar ingeniería inversa o
descompilar el software.
7.
KMBT y el otorgante de la licencia se reservan la titularidad y la propiedad del software y la
documentación y de cualquier reproducción de los mismos.
8.
Las marcas registradas se utilizarán de acuerdo con la práctica aceptada, también en lo relativo a la
identificación del nombre del propietario de la marca. Las marcas registradas solo pueden utilizarse
para identificar material impreso generado por el software. El uso de cualquier marca registrada no le
confiere el derecho de propiedad de la misma.
9.
Se prohíbe expresamente el alquiler, la cesión, la sublicencia, el préstamo o la transferencia de
versiones o copias del software que el licenciatario no utilice o del software contenido en cualquier
medio no utilizado, salvo como parte de la transferencia permanente de todo el software y la
documentación, como se ha descrito anteriormente.
10.
EN NINGÚN CASO KMBT O EL OTORGANTE DE LA LICENCIA ASUMIRÁN RESPONSABILIDAD
ALGUNA POR DAÑOS EMERGENTES, INCIDENTALES, INDIRECTOS, PUNITIVOS O ESPECIALES,
INCLUIDOS BENEFICIOS O AHORROS PERDIDOS, AUNQUE KMBT HAYA SIDO ADVERTIDA DE LA
POSIBILIDAD DE DICHOS DAÑOS, NI POR CUALQUIER RECLAMACIÓN DE TERCEROS. KMBT Y EL
OTORGANTE DE LA LICENCIA NO OFRECEN NINGUNA GARANTÍA EXPLÍCITA O IMPLÍCITA
RELACIONADA CON EL SOFTWARE, INCLUIDAS, AUNQUE NO DE FORMA EXCLUYENTE, LAS
GARANTÍAS TÁCITAS DE COMERCIABILIDAD, ADECUACIÓN PARA FINES CONCRETOS,
TITULARIDAD Y NO INCUMPLIMIENTO DE LOS DERECHOS DE TERCEROS. ALGUNOS ESTADOS O
JURISDICCIONES NO PERMITEN LA EXCLUSIÓN O LIMITACIÓN DE LOS DAÑOS INCIDENTALES,
EMERGENTES O ESPECIALES, POR LO QUE PUEDE QUE LAS LIMITACIONES DESCRITAS EN EL
PÁRRAFO ANTERIOR NO SEAN APLICABLES EN SU CASO.
11.
Aviso para los usuarios finales del Gobierno: el software es un "artículo comercial," según la definición
del término en 48 C.F.R. 2.101 y consiste en un "software informático comercial" y una
"documentación de software informático comercial," con el sentido que se da a estos términos en el
documento 48 C.F.R. 12.212. De acuerdo con lo establecido en los puntos 48 C.F.R. 12.212 y 48 C.F.R.
227.7202-1 a 227.7202-4, todos los usuarios finales del gobierno de los EE. UU. adquieren el software
únicamente con los derechos aquí establecidos.
12.
Por el presente Ud. acepta no exportar el software de ninguna manera que implique una violación de
la legislación y la normativa aplicable en relación con el control de exportaciones de cualquier país.
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