Normativa sobre la copia de originales
E E s s t t a a d d o o s s U U n n i i d d o o s s
El Congreso prohíbe por ley la reproducción de los elementos siguientes en determinadas circuns-
tancias. Se pueden imponer multas y penas de prisión a los responsables de dichas copias.
1. Bonos o valores del gobierno de Estados Unidos, como:
• Certificados de deuda.
• Moneda de bancos nacionales.
• Cupones de bonos.
• Billetes bancarios de la Reserva Federal.
• Certificados de depósito de plata.
• Certificados de depósito de oro.
• Bonos de Estados Unidos.
• Pagarés del tesoro.
• Billetes de la Reserva Federal.
• Billetes fraccionarios.
• Certificados de depósito.
• Papel moneda.
• Bonos y obligaciones de determinadas agencias gubernamentales, como la FHA, etc.
• Bonos. Los bonos de ahorros de EE. UU. solo pueden ser fotocopiados con fines publicita-
rios en relación con campañas para su venta.
• Timbre del Servicio de impuestos internos. Se podrá llevar a cabo, únicamente con fines le-
gales, la reproducción de documentos legales en los que haya un timbre fiscal
matasellado.
• Sellos de correo, matasellados o sin matasellar. Los sellos se pueden fotocopiar, con fines fi-
latélicos, siempre que la reproducción sea en blanco y negro y su tamaño sea inferior al
75% o superior al 150% de las dimensiones lineales del original.
• Giros postales.
• Letras, cheques o efectos monetarios expedidos por funcionarios autorizados de Estados
Unidos.
• Sellos y otros exponentes de valor, con cualquier denominación, que hayan sido o puedan
ser emitidos mediante alguna ley del Congreso.
• Certificados de indemnizaciones para veteranos de las Guerras Mundiales.
2. Bonos o valores de cualquier gobierno, banco o corporación extranjeros.
3. Material protegido por derechos de autor, a menos que se obtenga permiso del propietario de
los derechos de autor o las copias se realicen de acuerdo con la ley de derechos de autor res-
pecto a la reproducción para "uso justo" o para bibliotecas. Puede obtener más información so-
bre estas disposiciones en la Copyright Office, Library of Congress, Washington, D.C. 20559.
Solicite la circular R21.
4. Certificado de ciudadanía o naturalización. Los certificados de naturalización de extranjeros
pueden fotocopiarse.
5. Pasaportes. Los pasaportes extranjeros pueden fotocopiarse.
Información sobre normativas
Impresora Xerox
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