2.4 Uso conforme a lo prescrito del carro de perforación
2.4
Uso conforme a lo prescrito del carro de perforación
El carro de perforación es exclusivamente apto para la realización de perfora-
ciones en la explotación especial minera y en la industria de la construcción.
Cualquier otro uso que se salga del aquí definido será considerado indebido.
Se considera también parte del uso conforme a lo prescrito la observancia de
las informaciones de estas instrucciones para el manejo y de las instrucciones
para el manejo contenidas en el suministro.
En caso de uso indebido existe riesgo de daños materiales y para las perso-
nas. En caso de peligros y daños causados por un uso indebido se hará
únicamente responsable al usuario.
Durante el servicio del carro de perforación se tienen que respetar los límites
de potencia y carga indicados en los datos técnicos.
El carro de perforación ha sido concebido especialmente
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n
n
2.5
Medidas organizatorias
El empresario explotador tiene que instruir al personal para que tenga conoci-
miento y respete todas las normas de seguridad - especialmente las informa-
ciones contenidas en estas instrucciones para el manejo - y controlar que se
cumplan todas las disposiciones relevantes para la seguridad. El empresario
explotador tiene que definir la responsabilidad del maquinista y darle margen
para que pueda rechazar instrucciones de terceros que vayan contra la
seguridad.
Las instrucciones para el manejo del carro de perforación tienen que estar
siempre disponibles durante el transporte y luego en el lugar de uso. Antes de
comenzar los trabajos, el personal tiene que familiarizarse en el lugar de
empleo con el entorno de trabajo, así como haber leído y comprendido las
instrucciones para el manejo.
Se tienen que respetar las reglas que rigen de manera general y las
obligatorias para la prevención de accidentes y para la protección del medio
ambiente.
En caso de realizar actividades en el entorno del carro de perforación, todas
las personas tienen que llevar puesta la protección para los oídos.
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no para la elevación y transporte de cargas,
no para trabajos de derribo y
no para trabajos de trituración.
puesto: 20.11.2007