Fiske 210 Guia Del Usuario página 50

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Guía del usuario del Micro-Osmómetro Fiske
2. No tiene conocimiento de defectos de
diseño ni de materiales que pudieran
causar lesiones personales.
3. Hará lo posible para comunicar al
usuario los cambios o mejoras que se
hicieran en el instrumento, a medida
que las mismas se implementan, para
que el usuario pueda también mejorar la
seguridad y/o el funcionamiento de su
equipo durante su vida útil.
4. Cambiará o reparará el equipo según los
términos y condiciones de la garantía
adjunta.
5. Cooperará en la plenitud de sus
posibilidades en la defensa del usuario
en el caso de que ocurriera un accidente
con este equipo, o se iniciara un pleito
contra el usuario y/o los operadores a
causa del instrumento. El usuario deberá
informarnos inmediatamente sobre la
ocurrencia de cualquier accidente.
EL USUARIO GARANTIZA QUE:
1. El instrumento será usado en forma
razonable.
2. El instrumento será mantenido
regularmente de acuerdo con las
instrucciones de este manual, y se
conservará un registro de todos los
servicios, pruebas y reparaciones
efectuadas al equipo. También se
conservará constancia escrita de todas
las solicitudes de reparación que se
hicieron a Fiske Associates cuando
dichas reparaciones no pudieron ser
realizadas por personal técnico del
servicio local.
3. El instrumento no será modificado sin
la autorización escrita previa de Fiske
Associates.
34
Modelo 210
®
4. Notificará inmediatamente a Fiske
Associates en caso de accidentes con
lesiones personales relacionados con
el instrumento, y permitirá que Fiske
Associates realice inmediatamente una
inspección minuciosa del instrumento
involucrado en el hecho.
5. Fiske Associates no asumirá ninguna
responsabilidad por accidentes con
lesiones personales en los casos
siguientes (véanse las definiciones en la
siguiente sección):
a. Cuando el equipo ha superado su
período de vida útil.
b. Por uso no razonable del equipo.
c. Si Fiske Associates no fue
notificado inmediatamente sobre
dichas lesiones.
d. Por interpretación errónea de
resultados.
DEFINICIONES
1. "La vida útil" es de:
a. Lo mismo que la depreciación total
bajo los reglamentos del Servicio de
Recaudación Impositiva de EE.UU.
(IRS), independientemente de que
el usuario haga o no oficialmente
la depreciación del instrumento.
Igualmente, el período máximo de
vida útil no podrá ser superior a 10
años, a partir de la fecha de entrega al
usuario.
b. El período es valido sólo si el equipo
se ha sometido a mantenimiento
regular de acuerdo con las
instrucciones de Fiske Associates.
Si el usuario se encuentra en un
área donde no exista servicio local,
Fiske Associates podría solicitar

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