REQUISITOS DE CALIFICACIÓN Y CONDUCTA DE
OPERADORES Y PRÁCTICAS DE OPERACIÓN
CONSULTE ASME B30.5 Y OSHA 1910.180 PARA OBTENER LOS REQUERIMIENTOS DE
OPERADORES
1.
El funcionamiento de la grúa se debe limitar al
personal con las siguientes calificaciones
mínimas:
A. Personas designadas.
B. Aprendices bajo la supervisión directa de una
persona designada.
C. Personal de mantenimiento y pruebas
(cuando es necesario y en cumplimiento de
sus obligaciones).
D. Inspectores (grúa).
2.
Nadie más que el personal especificado arriba
debe entrar al área de operaciones de la grúa,
excepto personas como engrasadores,
supervisores y aquellas personas específicas
autorizadas por los supervisores cuyas
obligaciones requieren que lo hagan y sólo para
cumplir con sus obligaciones y con el
conocimiento del operador u otras personas.
REQUISITOS DE CALIFICACIÓN PARA LOS
OPERADORES
1.
El patrono debe exigir a los operadores que
aprueben un examen práctico de operaciones. Las
calificaciones se deben limitar al tipo específico de
equipo para el que se examina.
2.
Los operadores y aprendices de operadores
deben cumplir con los requerimientos físicos
siguientes:
A. Tener una visión de por lo menos 20/30
Snellen en un ojo y 20/50 en el otro, con o sin
lentes correctivos.
B. La habilidad de distinguir colores, sin importar
su posición, si requieren diferenciación de
color para su trabajo.
C. Audición adecuada con o sin aparatos de
corrección auditiva para el trabajo específico.
3.
Evidencia de defectos físicos o inestabilidad
emocional que presenten un peligro para el
operador y para otros, que a juicio del examinador
puedan interferir con el rendimiento del operador,
pueden ser suficientes para descalificación. En
tales casos, se puede requerir la opinión médica o
clínica especializada y pruebas.
4.
La evidencia de que el operador padece
convulsiones o pérdida del control físico debe ser
razón suficiente para descalificación. Las pruebas
CALIFICACIÓN COMPLETOS
médicas especializadas pueden ser necesarias
para determinar estas condiciones.
5.
Los operadores y aprendices de operadores
deben tener una percepción normal de
profundidad, coordinación y sin tendencias a sufrir
mareos o características indeseables similares.
6.
Además de los requerimientos enumerados arriba,
el operador deberá:
A. Demostrar la capacidad de comprender e
interpretar todas las etiquetas, manuales del
operador, códigos de seguridad y otra
información relevante a las operaciones
correctas de la grúa.
B. Poseer el conocimiento de procedimientos de
emergencia e implementarlos.
C. Demostrar al patrono la capacidad de operar
el tipo de equipo específico.
D. Estar familiarizado con las regulaciones de
seguridad que aplican.
E. Comprender los procedimientos de
operaciones según los describe el fabricante.
F. Estar completamente familiarizado con la grúa
y sus funciones de control.
G. Comprender los procedimientos de
operaciones según los describe el fabricante.
CONDUCTA DE LOS OPERADORES
1.
El operador no se debe involucrar en ninguna
práctica que distraiga su atención mientras esté
operando la grúa.
2.
Cada operador debe ser responsable de aquellas
operaciones bajo el control directo del operador.
Siempre que haya una duda relacionada con la
seguridad el operador debe consultar con el
supervisor antes de manipular las cargas.
3.
El operador no debe descuidar una carga
suspendida a menos que establezca precauciones
específicas que estén vigentes.
4.
Si hay una señal de advertencia en el interruptor o
en los controles de arranque del motor, el
operador no debe apagar el interruptor ni arrancar
el motor hasta que la persona designada retire la
señal de advertencia.
5.
Antes de apagar el interruptor o arrancar el motor,
el operador debe revisar que todos los controles
estén en la posición "OFF" (apagado) o neutral y
que todo el personal esté fuera del área.
2-4.0
15/6/10