G
Mientras el diferencial no esté debidamente
acoplado o desacoplado (es decir, cuando el in-
dicador y el testigo estén parpadeando), la velo-
cidad del vehículo quedará limitada hasta que el
diferencial esté completamente acoplado o des-
acoplado.
G
Cuando el ATV está en el modo de bloqueo del
diferencial con tracción en las cuatro ruedas, la
velocidad máxima de marcha se limita a 35 km/h
(22 mi/h). Sin embargo, si las condiciones re-
quieren que se disponga de más potencia, pre-
sione y mantenga presionado el interruptor de
cancelación, para cancelar la función del limita-
dor de velocidad con el diferencial bloqueado.
(Consulte la página 4-9 para conocer una expli-
cación más detallada de este interruptor).
SBU18282
Maneta de aceleración
Una vez que el motor gira, desplazando la maneta
de aceleración se aumenta la velocidad de giro.
Para regular la velocidad del ATV, varíe la posición
del acelerador. Este lleva un muelle de retorno que
hace que disminuya la velocidad y el motor vuelva
al ralentí en el momento en que se suelta la mane-
ta de aceleración.
1. Maneta de aceleración
Antes de poner en marcha el motor, compruebe
que el acelerador funcione con suavidad. Asegú-
rese de que vuelve a la posición de ralentí cuando
se suelta la maneta.
SBU18323
Limitador de velocidad
El ATV está equipado con un limitador ajustable
de la velocidad. El limitador de velocidad evita que
se abra por completo el acelerador, incluso cuan-
do se presiona al máximo la maneta de acelera-
ción.
1. Afloje la contratuerca.
4-14
2WD
4WD
4
1