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KUBOTA K008-5 Manual De Utilización página 155

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Prueba de seguridad técnica
PRUEBA DE SEGURIDAD TÉCNICA
La ejecución de comprobaciones relevantes a la seguridad se regirá por la legislación laboral de protección al
trabajador correspondiente, las prescripciones de prevención de accidentes y las especificaciones técnicas vigen-
tes en el país de aplicación.
La empresa explotadora (página 13) deberá disponer la prueba de seguridad técnica conforme a los periodos
descritos por la legislación nacional.
El personal capacitado debe ser capaz de poder dictaminar sobre el estado funcional seguro de la máquina aquí
descrita, en virtud de su formación profesional específica y experiencia en el ramo de la técnica y sus conocimien-
tos suficientes sobre la legislación laboral de protección al trabajador, de las prescripciones de prevención de ac-
cidentes y de las normas y reglas de seguridad técnica generalmente reconocidas.
Esta persona deberá también emitir su valoración y dictamen sin dejarse influenciar por circunstancias personales
o peculiares y económicas de la empresa y solo considerar la seguridad del trabajo como punto de referencia. En
esta prueba de seguridad técnica se debe hacer una prueba visual y de funcionamiento de la excavadora, inclu-
yendo la evaluación del estado y de la integridad de todos los componentes, así como de la efectividad de los
dispositivos de seguridad.
Los resultados se deben anotar en un certificado de prueba escrito con al menos las siguientes indicaciones:
fecha y alcance de las pruebas con indicación de pruebas parciales aun no realizadas,
resultados de las pruebas con indicación de los defectos verificados,
valoraciones eventualmente opuestas a una nueva puesta en servicio o a la continuación de la utilización,
indicaciones sobre revisiones ulteriores aun necesarias y
nombre, señas y firma del perito o especialista.
El patrón / la entidad explotadora (empresario) o su representante es responsable de la observación de los plazos
de las pruebas de seguridad técnica. El patrón / la entidad explotadora debe confirmar en los resultados de las
pruebas por escrito y con indicación de la fecha la aceptación y la reparación subsiguiente de los defectos verifi-
cados.
Conservar el certificado de prueba al menos hasta la próxima fecha de prueba.
W9215-8142-1
06/2021
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