LICENCIA PÚBLICA GENERAL GNU
independencia de quién la escribió. Por lo tanto, no es la intención de esta sección reclamar
derechos o desafiar sus derechos sobre trabajos escritos totalmente por usted mismo. Por el
contrario, la intención es ejercer el derecho a controlar la distribución de trabajos derivados o
colectivos basados en el Programa. Además, el mero acto de agregar otro trabajo no basado en
el Programa con el Programa (o con otro trabajo derivado del Programa) en un volumen de
almacenamiento o un medio de distribución no consigue que el otro trabajo se encuentre bajo los
términos de esta licencia.
3. Usted puede modificar su copia y distribuir el Programa (o un trabajo derivado, cubierto bajo la
Sección 2) en formato objeto o ejecutable bajo los términos de las Secciones 1 y 2 antedichas
proporcionado con él al menos una de las siguientes:
a) Acompañando el Programa con el código fuente completo, legible por un ordenador,
correspondiente a la arquitectura correspondiente, que debe ser distribuido bajo los términos de
las secciones 1 y 2 usando un medio físico habitual en el intercambio de software; o,
b) Acompañando el Programa con una oferta por escrito, valida al menos por tres años, de
facilitar a cualquier tercera parte, sin un cargo mayo del coste del medio físico, una copia
completa legible por un ordenador del código fuente de la arquitectura elegida, que será
distribuido bajo los términos de las Secciones 1 y 2 usando un medio físico habitual en el
intercambio de software; o,
c) Acompañando el Programa con un la información que recibió, ofreciendo distribuir el código
fuente correspondiente. (Esta opción se permite sólo para distribuir software gratuito - no
comercial- y sólo si recibió el programa como código objeto o en formato ejecutable con esta
misma oferta, de acuerdo con el apartado b anterior). Por código fuente de un trabajo se entiende
la forma óptima para realizar modificaciones en el. Para un programa ejecutable, el código fuente
completo se refiere a todo el código fuente para todos los módulos que contiene, más cualquier
fichero asociado de definición de interfaces, más el script utilizado para la compilación y la
instalación del ejecutable. Sin embargo, como una excepción especial, el código fuente
distribuido no necesita incluir nada que no sea normalmente distribuido (ni en código fuente o en
forma binaria) con los componentes más importantes (compiladores, kernels y demás) del
sistema operativo donde corre el ejecutable, salvo que el componente acompañe al ejecutable. Si
la distribución de ejecutables o compilado se realiza ofreciendo acceso a un sitio para la copia,
entonces ofrecer un acceso equivalente de copia desde un sitio para el código fuente cuenta
como una distribución de código fuente, incluso aunque terceras partes no estén obligadas a
copiar el código fuente con el código compilado.
4. Usted no debe copiar, modificar, sublicenciar o distribuir el Programa excepto como está
permitido expresamente en esta Licencia. Cualquier intento de copiar, modificar, sublicenciar o
distribuir el Programa que no esté incluido en la Licencia está prohibido, y anulará
automáticamente los derechos otorgados por esta licencia. Sin embargo, las partes que hayan
recibido copias, o derechos, por usted bajo esta Licencia no verán sus licencias terminadas
mientras estas partes continúen cumpliendo los términos de esta licencia.
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