Inspección Periódica; Polipastos Usados Ocasionalmente; Registros De La Inspección - Harrington AL Serie Manual De Propietario

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5.4
Inspección periódica
5.4.1
Las inspecciones se deben realizar PERIÓDICAMENTE de acuerdo con lo establecido en la
Tabla 5-2, "Inspección periódica". La evaluación y la resolución de los resultados de las inspecciones
PERIÓDICAS las debe realizar una persona designada para que el polipasto se mantenga en una
condición de trabajo segura.
5.4.2
Para las inspecciones donde las piezas de suspensión de carga del polipasto están desarmadas,
se debe realizar una prueba de carga en el polipasto según ANSI/ASME B30.16 después de que
se rearma y antes de que vuelva al servicio.
Requerimientos de la inspección frecuente.
Evidencia de pernos, tuercas o remaches flojos.
Evidencia de piezas gastadas, corroídas, fisuradas o deformadas como bloques de carga, caja de
suspensión, accesorios de la cadena, horquillas, yugos, pernos de suspensión, ejes, engranajes,
cojinetes y pasadores.
Evidencia de daño en las tuercas que sujetan el gancho, en los collarines y pasadores y en las
soldaduras o remaches usados para asegurar los miembros de retención.
Evidencia de daño o desgaste excesivo de la carga y de las poleas libres.
Evidencia de desgaste excesivo en las paletas del motor o en el freno de carga.
Evidencia de daño en la estructura de soporte o trole, si se usa.
Etiquetas de función en las estaciones de la botonera para ver si son legibles.
Etiqueta de advertencia colocada correctamente en el polipasto y legible (vea la Sección 1.2).
Conexiones del extremo de la cadena de carga.
5.5

Polipastos usados ocasionalmente

5.5.1
Los polipastos que no se usan frecuentemente se deben inspeccionar de la siguiente manera antes
de ponerlos en servicio:
Polipastos al ralentí durante más de 1 mes, menos de 1 año: Inspeccione según el criterio
de Inspección FRECUENTE de la Sección 5.3 de arriba.
Polipastos al ralentí durante más de 1 año: Inspeccione según el criterio de Inspección
PERIÓDICA de la Sección 5.4 de arriba.
5.6
Registros de la inspección
5.6.1
Se deben realizar registros e informes de la inspección con fecha en los intervalos de tiempo
correspondientes que se aplican para el intervalo PERIÓDICO del polipasto según la Sección 5.2.4.
Estos registros se deben almacenar donde estén disponibles para el personal involucrado en la
inspección, mantenimiento u operación del polipasto.
5.6.2
Se debe establecer un programa de inspección de la cadena de rango largo y debe incluir los registros
de inspección de las cadenas retiradas del servicio de manera que se pueda establecer una relación
entre la observación visual y la condición real de la cadena.
Tabla 5-2 Inspección periódica
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