de ascenso FABA™ completo y todas
las partes asociadas con él en el sistema
anticaídas para otros fi nes que aquellos
para los que están previstos y en otras
condi ciones que las establecidas en estas
instruc ciones. El dispositivo de prevención
de caídas no puede utilizarse como sistema
de sus pensión para el usuario (excepción:
frenado después de una caída y las medidas
de salvamento siguientes).
12. Los dispositivos de prevención de
caídas FABA™, sobre todo los compo-
nentes textiles, no pueden tener contacto
con sustancias corrosivas (por ej. ácidos y
lejías, pinturas y lacas, altas temperaturas
y fuego abierto, cantos afi lados, etc.). Si
esto sucediera, se debe retirar del uso el
dispositivo de prevención de caídas en
cuestión y se podrá volver a utilizar recién
cuando un perito autorizado lo haya apro-
bado por escrito.
13. El dispositivo de prevención de caídas
se debería asignar personalmente a cada
usuario, especialmente cuando se trata
de per sonas empleadas. Si se confía el
equipa miento a personas empleadas o con
un estado similar, se deben respetar las
dis po si ciones de seguridad y protección
en el trabajo.
14. El usuario debe estar en excelentes con-
diciones corporales y psíquicas al operar
el equipamiento, en caso de duda se debe
consultar a un médico. El dispositivo de
prevención de caídas FABA™ no puede ser
utilizado por mujeres embarazadas.
15. Por razones de seguridad se deben
realizar los trabajos de manera tal, que
el peligro de caídas y la altura de caída
se reduzcan al mínimo. Es de vital impor-
tancia probar el lugar libre para la super fi cie
de impacto bajo el lugar de tra bajo del
usuario antes de cada utilización, de modo
que al caer no choque contra un obs táculo
o impacte contra el suelo. La altura libre
necesaria debajo de los pies del usuario
debe ser por lo menos de 2,00 m. Dentro
de los primeros dos metros el usuario
no está protegido de impactar contra
el suelo, por ello se debe tener especial
cuidado al subir o bajar.
16. El dispositivo de prevención de caídas
FABA™ debe ser comprobado por lo
menos cada 12 meses por TRACTEL
por un perito autorizado. La comprobación
debe incluir la capacidad funcional del
aparato y la legibilidad de los rótulos y se
debe documentar en el libro de comproba-
ciones. La seguridad del usuario depende de
la conservación de la capacidad fun cio nal
del equipamiento. Bajo "condi ciones muy
duras" la comprobación puede ser necesaria
con más frecuencia.
17. Todo dispositivo de prevención de
caídas FABA™ que se pone defi nitiva-
mente fuera de servicio, se debe destruir
o hacer inac cesible para imposibilitar un
uso equivocado.
18. Cuando el dispositivo de prevención
de caídas se venda a un país en el que se
hable otro idioma, el comerciante debe
sumi nis trar las instrucciones de empleo,
manteni miento, reparaciones y compro-
baciones regulares en el idioma del lugar
de imple men tación para garantizar la segu-
ridad del usuario.
19. La duración máx. de servicio es de:
• 10 años para el dispositivo de prevención
de caídas (metal)
• Máx. 6 años para el amortiguador
de banda, a continuación es necesario
recambiarlo
20. Antes de comenzar los trabajos se debe
elaborar un programa de salvamento.
El plan de salvamento determinado para
cada situación de trabajo debe dejar cla-
ro, con qué medidas y medios puede ser
salvado de forma segura la víctima de una
caída dentro de 15 minutos. Un periodo de
tiempo mayor que este implica peligro de
muerte para la vÌctima.
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