64
CAPACIDAD DE ELEVACIÓN
CAPACIDAD DE ELEVACIÓN
1. Las capacidades de elevación están basadas en la norma ISO 10567 y no deben superar el 75 % de la carga de
inclinación estática de la máquina o el 87 % de la capacidad de elevación hidráulica de la máquina.
2. Los recorridos de elevación son los siguientes.
(1) El punto de carga corresponde a la parte del bulón frontal del balancín.
(2) Las posiciones de la máquina son (i) por encima de la parte delantera (cuchilla de empuje arriba), (ii) por encima
de la parte delantera (cuchilla de empuje abajo), y (iii) por encima del lateral.
(3) El cilindro de accionamiento es el cilindro del brazo principal.
3. Para establecer la carga se debe tener en cuenta el cazo de la excavadora, el gancho, la eslinga y demás accesorios
de elevación.
Condiciones de la máquina:
Sin cazo, todos los demás elementos conforme a la regulación y las normas vigentes.
ATENCIÓN
Para evitar lesiones personales o mortales:
G No está permitido elevar cargas superiores a los valores especificados en las tablas de capacidad de
elevación.
G No está permitido elevar cargas superiores a 1 tonelada si no hay dispositivos de seguridad conectados a
los cilindros del brazo principal y de la cuchilla de empuje.
G Los valores mencionados en la tabla sólo son válidos para terrenos llanos y duros. Cuando se eleva un
peso sobre terreno blando existe peligro de vuelco, ya que la carga se concentra sólo en un lado de la
máquina.
G Los valores de la tabla están calculados sobre el extremo del balancín sin cazo. Para hallar las cargas
admitidas para máquinas con cazo, reste el peso del cazo de cada valor de la tabla.