1.Definiciones.
1.0.1. "Uso
comercial"
distribución o, de otro modo, el
hacer accesible el código cubierto a
disposición de terceros.
1.1.
"Colaborador" significa cada entidad
que crea o contribuye a la creación de
las modificaciones.
1.2. "Versión de colaborador" se refiere a
la combinación del código original,
anterior a las modificaciones utilizadas
por un colaborador, y las modificaciones
realizadas
particular.
1.3. "Código cubierto" se refiere al código
original o las modificaciones o la
combinación del código original y
las modificaciones, en cada caso
incluyendo partes de éste.
1.4. "Mecanismo de distribución electrónica"
significa
un
de forma general en la comunidad
de desarrollo de software para la
transferencia electrónica de datos.
1.5. "Ejecutable" significa código cubierto
en cualquier forma que no sea código
fuente.
1.6. "Desarrollador
particular o entidad identificada como
el Desarrollador inicial en el aviso de
Código fuente requerido en el anexo
A.
1.7. "Trabajo mayor" se refiere a un trabajo
que combina el código cubierto o
partes de éste con código no regido
por los términos de esta Licencia.
1.8. "Licencia" hace referencia a este
documento.
1.8.1. "Licenciable" significa tener el derecho
a otorgar, en la máxima medida
posible, tanto en el momento del
otorgamiento inicial como si se adquiere
posteriormente, cualquiera y todos los
derechos transmitidos mediante el
presente documento.
1.9. "Modificaciones"
adición o supresión de la parte principal
o estructura del código original o de
cualquier modificación anterior. Cuando
el código cubierto se suministra como
una serie de archivos, una modificación
es:
A. Cualquier adición o supresión del
contenido de un archivo que contenga
código
original
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LICENCIA PÚBLICA DE MOZILLA
se
refiere
a
por
ese
colaborador
mecanismo
aceptado
inicial"
significa
significa
cualquier
o
modificaciones
Versión 1.1
anteriores.
la
B. Cualquier
contenga cualquier parte del código
original o modificaciones previas.
1.10. "Código original" significa código fuente
de código de software informático que
se describe en el aviso de código fuente
requerido por el anexo como código
original y el cual, en el momento de
su lanzamiento bajo esta licencia, aún
no es código cubierto regido por esta
licencia.
1.10.1. "Reclamo de patente" se refiere a
cualquier reclamo de patente, que
ahora se posee o que, a partir de aquí,
se adquiere, incluyendo sin restricción,
reclamos de método, proceso y aparato
en cualquier patente licenciable por
parte del que la otorga.
1.11. "Código fuente" significa el formato
preferido del código cubierto para
realizar
incluidos todos los módulos que
contiene, además de cualquier archivo
de definición de interfaz asociado, las
secuencias de comandos utilizadas para
controlar la compilación e instalación
de un ejecutable o comparaciones
diferenciales de código fuente con
el
el código original o cualquier código
cubierto disponible y conocido que
elija el colaborador. El código fuente
puede estar en formato comprimido
o de archivado, siempre y cuando el
software adecuado de descompresión
o
desarchivado
disponible de forma gratuita.
1.12. "Usted" (o "Suyo") significa un particular
o entidad legal que ejercita derechos
bajo esta licencia, y que cumple con
todos los términos de ésta, o una futura
versión de esta licencia emitida en la
Sección 6.1.
Para entidades legales, "Usted" incluye
cualquier entidad que controla, o está
controlada por, o está bajo control común
con Usted. En esta definición, "control"
significa (a) la capacidad, directa o
indirecta, de dirigir o administrar dicha
entidad, tanto por contrato como por
otro medio, o (b) propiedad de más
del cincuenta por ciento (50%) de las
acciones o propiedad de beneficios de
dicha entidad.
2. Licencia del código fuente.
2.1. El otorgamiento del desarrollador inicial.
Por medio del presente documento, el
archivo
nuevo
modificaciones
en
esté
ampliamente
que
éste,