Las puertas o portones para vehículos deben instalarse de acuerdo con las normas ASTM F2200: Especificaciones estándar para instalación de puertas/
portones para vehículos. Para obtener una copia de estas especificaciones, comuníquese directamente con ASTM al 610-832-9585 o en www.astm.org.
1.
CARACTERÍSTICAS GENERAL
1.1
La instalación de puertas/portones debe efectuarse de acuerdo con
las estipulaciones para el tipo de puerta que corresponda.
Consultar las normas ASTM F2200 para ver otros tipos de puerta.
1.2
Las puertas/portones para vehículos deben ser diseñadas,
fabricadas e instaladas de manera que no caigan más de 45 grados
con respecto al plano vertical cuando se desacoplan de sus
accesorios de fijación.
1.3
Las puertas/portones para vehículos deben tener el borde inferior
liso y las protuberancias verticales no deben tener más de 0.5
pulgadas (12.7 mm) de altura. Las únicas excepciones a esta
especificación figuran en las normas ASTM F2200.
1.4
La mínima altura de instalación de una platina de seguridad con
bordes afilados es de 8 pies (2.44 m) sobre nivel de piso y la de
alambre de púas es de 6 pies (1.83 m) sobre nivel de piso.
1.5
Debe anularse todo cerrojo o cerradura de una puerta o portón
manual que se reemplaza con un sistema eléctrico.
1.6
No debe instalarse ningún tipo de cerrojo manual en una puerta
automática.
1.7
Está prohibido instalar piezas protuberantes en puertas de garaje.
Las excepciones se mencionan en las normas ASTM F2200.
1.8
Toda puerta debe ser diseñada, fabricada e instalada para que no
se mueva por su propio peso cuando el operador automático esté
desconectado.
1.9
No debe instalarse una puerta de entrada para peatones en una
puerta o portón para vehículos, ni en la parte de la cerca o muro
adyacente cubierto por la puerta o portón en posición abierta.
2.
APLICACIONES ESPECÍFICAS
2.1
Toda puerta/portón manual para vehículos, que se convertirá a
operación automática será reequipada o modificada conforme a lo
estipulado en las especificaciones técnicas.
2.2
Dichas especificaciones no se aplican a puertas de paso peatonal
ni a puertas o portones no automatizados para vehículos.
2.3
Cuando la unidad de operación de una puerta existente debe
cambiarse, se usará una unidad actualizada que cumpla con las
especificaciones vigentes.
3.
PORTONES DE DESPLAZAMIENTO HORIZONTAL
PARA VEHÍCULOS
3.1
Las siguientes estipulaciones se aplican a los portones de
deslizamiento horizontal para vehículos, de Clase I, Clase II y
Clase III:
3.1.1 Todos los rodillos que soportan peso, instalados a 8 pies
(2.44 m) o menor altura sobre el nivel de piso deben estar
cubiertos.
3.1.2 Todas las aberturas ubicadas a una altura entre 48 pulgadas
(1.22 m) y 72 pulgadas (1.83 m) sobre el nivel del piso deben
estar cubiertas o protegidas para impedir el paso de una esfera de
4 pulgadas (102 mm) de diámetro, tanto por el portón como en la
parte de la cerca o muro adyacente cubierta por el portón en
posición abierta.
3.1.3 La separación, medida en el plano horizontal paralelo a la calzada,
entre un objeto fijo cerca de la calzada (como podría ser una
columna de soporte del portón) y la estructura del portón, ya sea
en posición totalmente abierta o totalmente cerrada, no debe ser
mayor de 2-1/4 pulgada (57 mm). Las excepciones figuran en las
normas ASTM F2200.
INFORMACIÓN DE CONSTRUCCIÓN DE LA PORTÓN
3.1.4
Debe colocarse topes de desplazamiento para limitar el recorrido
tanto de apertura como de cierre. Estos topes se instalarán en la
parte superior o inferior del portón, donde lo sobresalgan
horizontal ni verticalmente más que lo estrictamente necesario
para cumplir su función.
3.1.5
El diseño de los portones debe conferirles suficiente estabilidad
lateral para que puedan entrar a una guía. Consultar los tipos de
panel en las normas ASTM F2200.
3.2
Las siguientes estipulaciones se aplican a portones de
deslizamiento horizontal para vehículos, Clase IV:
3.2.1
Todos los rodillos que soportan peso, instalados a 8 pies
(2.44 m) o menor altura sobre el nivel de piso deben estar
cubiertos.
3.2.2
Debe colocarse topes de desplazamiento para limitar el recorrido
tanto de apertura como de cierre. Estos topes se instalarán en la
parte superior o inferior del portón, donde lo sobresalgan
horizontal ni verticalmente más que lo estrictamente necesario
para cumplir su función.
4.
PORTONES DE GIRO HORIZONTAL PARA VEHÍCULOS
4.1
Las siguientes estipulaciones se aplican a los portones de giro
horizontal para vehículos, de Clase I, Clase II y Clase III:
4.1.1
Los portones deben ser diseñados, fabricados e instalados de
manera tal que no quede un espacio donde alguien pueda quedar
atrapado, entre el portón y la estructura de soporte u otro objeto
fijo cuando el portón se mueve hacia su posición de abierto, de
acuerdo con las estipulaciones de las secciones 4.1.1.1 y 4.1.1.2.
4.1.1.1 El espesor de un objeto (tal como una pared, un pilar o una
columna) que quede cubierto por el portón cuando está abierto,
no debe ser de más de 4 pulgadas
(102 mm), medido desde el centro de la bisagra del portón. Las
excepciones figuran en las normas ASTM F2200.
4.1.1.2 Excepto por la zona estipulada en la Sección 4.1.1.1, la distancia
entre un objeto fijo tal como una pared, un pilar o una columna, y
el portón en posición abierta, será de al menos 16 pulgadas (406
mm). Las excepciones figuran en las normas ASTM F2200.
4.2
Los portones de giro horizontal para vehículos, de Clase IV,
deben ser diseñados, fabricados e instalados de acuerdo con las
normas de seguridad correspondientes a cada tipo de aplicación.
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