1.4
COLOCACIÓN DE LOS APARATOS.
Las calderas pueden instalarse:
- al aire libre;
- en locales externos, incluso adyacentes al edificio que abastecen,
situados en espacio cubierto, siempre y cuando tengan separaciones
estructurales y sin paredes comunes, o situados en la cobertura plana
del edificio que abastecen, siempre sin paredes comunes;
- en construcciones destinadas incluso a otro uso o en locales que
tengan la volumetría del edificio que abastecen.
Dichos locales deben destinarse exclusivamente a las instalaciones
térmicas y deben tener las características conformes a lo previsto
por la legislación vigente.
solo en el caso de Victrix Pro 35 2ErP en instalación
individual se puede colocar el aparato incluso en
ambiente doméstico o similar según lo previsto por
la legislación vigente.
ATENCIÓN:
la instalación de aparatos alimenta-
dos con gas a densidad superior a 0,8
(G.L.P.) se permite exclusivamente en locales
a nivel del suelo, en todo caso, comunicantes
con locales también a nivel del suelo. En ambos
casos la superficie de tránsito no debe tener ba-
ches o hundimientos que puedan crear bolsas
de gas que provoquen condiciones de peligro.
Altura del local de instalación.
Instalación de un equipo individual: la altura mínima del local
debe ser de 2 m.
Instalación de varios aparatos en cascada (2 ÷ 5 Victrix Pro): con-
siderando las dimensiones de la caldera, del colector de humos (a
instalar con inclinación del 3%) y de los colectores hidráulicos, la
altura mínima del local debe ser de 2,30 m.
Si la potencia térmica instalada en el local está comprendida entre
350 kW y 580 kW, la altura mínima del local debe ser de 2,60 m;
para potencias térmicas superiores a 580 kW, la altura mínima del
local es de 2,90 m.
Las alturas indicadas arriba permiten una instalación correcta
de los aparatos y cumplen con las normativas técnicas vigentes.
Disposición de los aparatos en el local.
Aparato individual: las distancias entre cualquier punto externo
de la caldera y las paredes verticales, horizontales del local, deben
permitir el acceso a los órganos de regulación, seguridad y control
y el mantenimiento ordinario.
Varios aparatos, no conectados entre sí, sino instalados en el mis-
mo local: la distancia mínima que se debe mantener entre varios
generadores instalados en la misma pared debe ser de al menos
200 mm, para permitir el acceso a los órganos de regulación,
seguridad y control y el mantenimiento ordinario de todos los
aparatos instalados.
Instalación en cascada (2 ÷ 5 Victrix Pro 2 ErP): Las indicaciones para la
correcta instalación en cascada figuran en la documentación específica
o bien en el sitio www.immergas.com en la sección de alta potencia.
10
1.5
AIREACIÓN Y VENTILACIÓN DE LOS LOCALES
DE INSTALACIÓN.
Los locales deben tener una o varias aperturas permanentes de
aireación en las partes externas. Se permite proteger las aperturas
de aireación con rejillas metálicas, redes y/o aletas anti-lluvia
siempre y cuando no se disminuya la superficie neta de aireación.
Las aperturas de aireación deben realizarse y colocarse de forma que se evite la
formación de bolsas de gas, independientemente de la forma de la cobertura. La
abertura total resultante puede ser subdividida en varias aberturas; en cualqu-
ier caso, cada abertura no ha de tener una superficie neta inferior a 100 cm
En el caso de Victrix Pro 35 2 ErP, es suficiente seguir las
indicaciones sobre la ventilación y aireación de los locales
según cuanto prevé la legislación vigente.
Aireación para instalación en locales externos. Las superficies libres
mínimas, según la potencia térmica total, no deben ser inferiores a:
a) locales a nivel del suelo (S ≥ Q x 10)
S > 350 cm
2
por cada Victrix Pro 35 2 ErP
2
S > 515 cm
por cada Vitrix Pro 55 2 ErP
(ej. instalación de n° 3 Victrix Pro 35 2 ErP en cascada la su-
perficie mínima es de 350 x 3 = 1050 cm
b) semisótanos y locales subterráneos hasta una cota de -5 m desde
el plano de referencia (S ≥ Q x 15).
2
S > 525 cm
por cada Victrix Pro 35 2 ErP
2
S > 775 cm
por cada Victrix Pro 55 2 ErP
(ej. instalación de n° 3 Victrix Pro 35 2 ErP en cascada, la
superficie mínima es de 525 x 3 = 1575 cm
c) semisótanos en cota comprendida entre -5 m y -10 m desde el
plano de referencia (S ≥ Q x 20 con un mínimo de 5000 cm
S > 5000 cm
2
para todas las configuraciones
De todos modos cada apertura debe tener una superficie neta no
2
inferior a 100 cm
.
ATENCIÓN:
en caso de instalación de aparatos ali-
mentados con gas de densidad superior a
0,8 (G.L.P.) en locales externos, a nivel del suelo,
al menos los 2/3 de la superficie de aireación
deben estar realizados a nivel de la superficie
de tránsito, con una altura mínima de 0,2 m.
Las aperturas de aireación deben tener una
distancia entre sí de no menos de 2 m, para ca-
pacidades térmicas no superiores a los 116 kW
y 4,5 m para capacidades térmicas superiores,
respecto a cavidades, depresiones o aperturas
comunicantes con locales situados por debajo de
la superficie de tránsito o de tuberías de drenaje.
Aireación para instalación en construcciones destinadas tam-
bién a otro uso o en locales que tengan la volumetría del edificio
que abastecen. La superficie de aireación no debe ser inferior a
3000 cm
2
en caso de gas natural y no inferior a 5000 cm
de G.L.P. Consulte y tenga siempre como referencia las prescrip-
ciones de las normas y de todas las leyes vigentes.
2
.
2
)
2
)
2
).
2
en caso