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NORMAS DE FUNCIONAMIENTO
D Prioridades
• Lea las reglas y regulaciones referentes a la prioridades de llamada y tenga siempre
una copia actualizada a mano. Las llamadas de seguridad y de socorro tienen prioridad
sobre todas las demás.
• Debe supervisar el Canal 16 cuando no opere en otro canal.
• Las llamadas de socorro falsas o fraudulentas están prohibidas por ley.
D Privacidad
• La información oída por casualidad, no siendo el destinatario de la misma, no podrá
utilizarse legalmente con ningún fin.
• Está prohibido utilizar un lenguaje no adecuado.
D Licencias de radio
(1) LICENCIA DE LA EMISORA DEL BARCO
Quizás requiera de una licencia de emisora de radio en regla antes de utilizar el
transceptor. Es ilegal operar una emisora de embarcación sin licencia.
Si necesario, pregunte a su proveedor o a la agencia gubernamental apropiada dónde
obtener la licencia. Esta licencia expedida por el gobierno indica la señal de llamada que
es la identificación de su embarcación para propósitos radiofónicos.
(2) LICENCIA DE OPERADOR
El permiso de operador de radioteléfono restringido es la licencia más utilizada por los
operadores de radio de embarcaciones pequeñas cuando no se requiere una radio por
motivos de seguridad.
El permiso de operador de radioteléfono restringido deberá colocarse o conservarse
cerca del operador. Solo un operador de radio con licencia puede usar un transceptor.
Sin embargo, una persona sin licencia podrá hablar por el transceptor si un operador con
licencia inicia, supervisa y finaliza la llamada y realiza las entradas necesarias.
Solo en las embarcaciones en las que es obligatorio un radioteléfono, deberá estar a
mano una copia actual con las normas y regulaciones gubernamentales. Sin embargo,
aunque no sea obligatorio tener estos documentos a mano, será su responsabilidad
tener el adecuado conocimiento de todas las regulaciones y normas aplicables.
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