• Los cambios o las modificaciones no aprobados expresamente por la
parte responsable del cumplimiento podrían anular la autoridad del
usuario para operar el equipo.
NOTA
• Este equipo ha sido sometido a pruebas y se ha comprobado que cumple
con los límites para un dispositivo digital de Clase A, conforme a la
Parte 15 de las Reglas de la FCC. Estos límites están diseñados para
proporcionar una protección razonable contra la interferencia dañina en
una instalación residencial. Este equipo genera, utiliza y puede irradiar
energía de radiofrecuencia y, si no se instala y utiliza de acuerdo con las
instrucciones, puede causar interferencia dañina para las comunicaciones
de radio. Es probable que la operación de este equipo en una zona
residencial provoque interferencias dañinas, en cuyo caso el usuario
deberá corregirlas a su propio cargo.
• Este dispositivo cumple con la Parte 15 de las Reglas de la FCC. La
operación está sujeta a las dos condiciones siguientes:
(1) Este dispositivo no puede producir interferencias dañinas.
(2) Este dispositivo debe admitir cualquier interferencia recibida, incluso
aquella que pudiera provocar un funcionamiento no deseado.
Requisitos de coordinación de la Sección 15.525.
(a) Los sistemas de obtención de imágenes UWB (banda ultra-ancha)
requieren coordinación a través de la FCC antes de que el equipo se
pueda usar. El operador cumplirá con todas las restricciones relativas a la
utilización del equipo que resulten de esta coordinación.
(b) Los usuarios de los dispositivos de obtención de imágenes UWB
suministrarán áreas operacionales a la Oficina de Ingeniería y Tecnología
de la FCC, la cual coordinará esta información con el Gobierno Federal a
través de la Administración Nacional de Telecomunicaciones e Información.
La información suministrada por el operador de sistema UWB incluirá el
nombre, la dirección y otra información de contacto pertinente del usuario,
el área o áreas geográficas de utilización deseadas y el número de ID
de la FCC y otra nomenclatura del dispositivo UWB. Si el dispositivo
de obtención de imágenes está diseñado con el fin de utilizarse para
aplicaciones móviles, el área o áreas geográficas de utilización podrán ser
el estado o estados o el país o países en los cuales se vaya a utilizar el
equipo. El operador de un sistema de imágenes empleado para utilización
fija suministrará una ubicación geográfica específica o la dirección en
la cual se utilizará el equipo. Este material será enviado a la dirección
siguiente:
PRECAUCIÓN
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