2. BAJO NINGUNA CIRCUNSTANCIA LENOVO, SUS PROVEEDORES,
LOS TÉRMINOS SIGUIENTES SE APLICAN AL PAÍS ESPECIFICADO:
AUSTRIA
Las provisiones de esta Declaración de garantía limitada sustituyen
cualquier garantía estatutaria aplicable.
Qué cubre esta Garantía: Lo siguiente sustituye a la primera frase del primer
párrafo de esta sección:
La garantía para una Máquina Lenovo cubre la funcionalidad de la Máquina
para su uso normal y la conformidad de la Máquina con sus Especificaciones.
Se añaden a esta sección los párrafos siguientes:
El período de limitación para los consumidores en acción por incumplimiento
de la garantía es el período estatutario como mínimo. En el supuesto de que
el Proveedor de servicio no pueda reparar una Máquina Lenovo, podrá
solicitar el reembolso parcial del dinero justificado por la reducción del valor
de la Máquina no reparada o solicitar la cancelación del contrato
correspondiente a dicha Máquina para que se le devuelva todo el dinero.
El segundo párrafo no se aplica.
Qué hará Lenovo para corregir problemas: Se añade lo siguiente a esta sección:
Durante el período de garantía, Lenovo le reembolsará los costes de
transporte para la entrega de la Máquina averiada al Servicio de IBM.
Limitación de responsabilidad: Se añade el siguiente párrafo a esta sección:
Las limitaciones y exclusiones especificadas en la Declaración de garantía
limitada no se aplicarán a daños causados por Lenovo por fraude o
negligencia general y por garantía expresa.
Se añade la frase siguiente al final del punto 2:
La responsabilidad de Lenovo bajo este punto se limita a la violación de los
términos contractuales esenciales en los casos de negligencia común.
EGIPTO
Limitación de responsabilidad: Lo siguiente sustituye al punto 2 de esta sección:
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®
ThinkPad
X41 Tablet Guía de servicio y de resolución de problemas
DISTRIBUIDORES O PROVEEDORES DE SERVICIO SON
RESPONSABLES EN NINGUNO DE LOS CASOS SIGUIENTES,
INCLUSO SI ESTÁN INFORMADOS DE SU POSIBILIDAD: 1)
PÉRDIDA O DAÑO DE DATOS; 2) DAÑOS INCIDENTALES O
INDIRECTOS, O POR DATOS CONSECUENTES ECONÓMICOS; 3)
PÉRDIDA DE BENEFICIOS, INCLUSO SI SE PRODUCEN COMO
UNA CONSECUENCIA INMEDIATA DEL SUCESO QUE HA
GENERADO LOS DAÑOS; O 4) PERDIDA DE NEGOCIOS,
INGRESOS, CLIENTES O AHORROS ANTICIPADOS.