6. S e g ur i d ad y a v is o s
En Canadá
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Por Decreto del Parlamento está prohibido reproducir los objetos
siguientes en ciertas circunstancias. Aquellas personas
declaradas culpables de realizar copias ilegales pueden estar
sujetas a multas o penas de cárcel.
1.
Billetes de banco o papel moneda vigentes.
2.
Obligaciones o valores de un gobierno o banco.
3.
Vales o letras del Tesoro.
4.
El sello de la autoridad pública de Canadá o de alguna
provincia o el sello de cualquier organismo público de Canadá
o tribunal de justicia.
5.
Decretos, órdenes, regulaciones o nombramientos o
notificaciones de ellos (con intención de falsamente hacer
creer que han sido impresos por la imprenta oficial de
Canadá, o la imprenta equivalente de una provincia).
6.
Marcas, distintivos, sellos, envolturas y otros diseños utilizado
por o en nombre de: el gobierno de Canadá o de una
provincia, el gobierno de algún otro estado extranjero, algún
ministerio, consejo, comisión u organismo establecido por el
gobierno de Canadá o una provincia o el gobierno de algún
estado extranjero.
7.
Estampillas adhesivas o impresas utilizadas para fines
tributarios por el gobierno de Canadá o de una provincia o por
el gobierno de algún estado extranjero.
8.
Documentos, registros o expedientes guardados por
funcionarios públicos encargados de hacer o emitir copias
certificadas de ellos, cuando la reproducción falsamente
pretende ser una copia certificada del documento.
9.
Material con derechos de autor o marcas comerciales, salvo
que se haya obtenido permiso del propietario de los derechos
de autor o del propietario de la marca comercial.
La lista anterior se proporciona para asistirle, pero no es
exhaustiva y no se asume ninguna responsabilidad por su
exactitud ni integridad. En caso de duda, póngase en contacto
con su asesor legal.
C op i ad o r a/ Im p r es o r a X er o x 45 9 0/ 4110 G u ía de i ni c i a ci ó n