Apéndice B: Ruido De Vehículos - CESVA SC102 Manual Del Usuario

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SC102
Manual de instrucciones
6. APÉNDICE B: Ruido de vehículos
NOTA: El siguiente texto es una interpretación de los textos recogidos en diferentes
normas y aparece en este manual a modo de orientación. Consulte y siga siempre
las normas o leyes que le son de aplicación.
La determinación del nivel sonoro generado por el dispositivo de escape de los vehículos a
motor: automóviles, vehículos de transporte público, vehículos de transporte de mercancías,
motocicletas, ciclomotores, vehículos de tres ruedas, cuadriciclos y quads se realiza con la
prueba del vehículo parado. Ésta prueba consiste en medir el nivel de presión acústica cerca
de la salida del dispositivo de escape (silencioso) conforme con las disposiciones indicadas
a continuación:
Las mediciones se realizan con un sonómetro de precisión. Antes de realizar las
mediciones, el motor del vehículo debe estar a la temperatura normal de funcionamiento.
El campo de ensayos puede ser cualquier zona que no esté sujeta a perturbaciones
acústicas importantes. El campo de ensayos debe tener forma de rectángulo cuyos lados
estén, como mínimo, a 3 m de puntos extremos del vehiculo. No debe encontrarse dentro de
dicho rectángulo ningún obstáculo ni ninguna persona distinta del observador o del
conductor.
El vehículo debe situarse dentro de dicho rectángulo de forma que el micrófono del
sonómetro diste como mínimo 1 m del bordillo de piedra, si existe.
Las lecturas del sonómetro causadas por el ruido circundante y por el viento, deben ser
inferiores en 10 dBA como mínimo al nivel sonoro que haya de medirse. Debe usarse la
pantalla de protección contra el viento.
Clase de mediciones y número de las mismas
El nivel sonoro máximo ponderado A expresado en decibelios (dBA) se medirá durante el
período de funcionamiento en el que el motor se mantendrá brevemente a un régimen de
giro estabilizado, y durante todo el período de desaceleración. El resultado de la medición
que se considerará válido será el correspondiente a la función L
Se efectuarán tres mediciones como mínimo en cada punto de medición.
Posiciones del micrófono
El micrófono se situará a la altura de la salida del escape, y en ningún caso a menos de 0,2
m por encima de la superficie del suelo. El micrófono deberá estar orientado hacia el
conducto de escape y colocado a una distancia de 0,5 m de dicho conducto. El eje de
sensibilidad máxima del micrófono deberá estar paralelo a la superficie de la pista y formar
un ángulo de 45° ± 10° en relación al plano vertical en el que se inscribe la dirección de
salida de los gases de escape.
En relación a dicho plano vertical, el micrófono deberá estar situado en el lado que guarde la
mayor distancia posible entre el micrófono y el contorno del vehículo.
Si el sistema de escape tuviere varios conductos cuyos centros no distasen entre sí más de
0,3 m, el micrófono deberá orientarse en dirección a la salida más próxima al contorno del
vehículo, o hacia la salida situada más alta en relación con el suelo. Si las distancias entre
los centros de los conductos fueren superiores a 0,3 m, se llevarán a cabo medidas distintas
en cada salida del escape y sólo se tendrá en cuenta el valor más elevado.
AFmax
57
del sonómetro.

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