4.4
Personal operativo autorizado - Cualificación y
obligaciones
Su Generador de corriente es una máquina compleja, cuya operación y
mantenimiento requieren un conocimiento preciso de las funciones y los
peligros potenciales existentes. Por consiguiente, las actividades de cual-
quier tipo en el dispositivo podrán ser realizadas únicamente por personal
operativo autorizado y formado para ello.
Con independencia de la autorización que el operador del dispositivo debe
conceder, el dispositivo solo podrá ser operado, manejado o mantenido
por personas que cumplan con los siguientes criterios. En estas instruc-
ciones de servicio, se hará referencia a ellos como personal de operación.
El personal autorizado
•
debe ser mayor de edad.
•
debe poseer una formación en primeros auxilios y debe ser capaz de pres-
tarlos.
•
debe que conocer y saber aplicar las prescripciones de prevención de acci-
dentes y las indicaciones de seguridad del Generador de corriente.
•
debe haber leído el capítulo 4 Por su seguridad, haber comprendido su con-
tenido y poder implementarlo prácticamente.
•
debe estar formado y haber sido instruido en las normas de conducta en
caso de avería.
•
debe disponer de las aptitudes físicas y psíquicas para desempeñar sus
competencias, tareas y trabajos con y en el Generador de corriente.
•
debe estar formado e instruido en función de sus competencias, tareas y tra-
bajos con y en el Generador de corriente.
•
debe haber entendido y saber aplicar toda la información de la documenta-
ción técnica conforme a sus competencias, tareas y trabajos con y en el Ge-
nerador de corriente.
4.5
Zonas de peligro y lugares de trabajo
Para poder tener en cuenta todos los aspectos de seguridad de una máqui-
na y cumplir los requisitos de protección de la salud de las normas vigen-
tes y las directivas de la UE, valoramos el uso de su Generador de corriente
en todas las fases atravesadas durante la vida del producto (ciclo de vida
del producto). Con este fin, en el Generador de corriente se definen las si-
guientes zonas: Las zonas de peligro y los puestos de trabajo (zonas de
trabajo) en el generador eléctrico están determinadas por las tareas que se
tengan que realizar en las distintas fases del ciclo de vida del producto:
•
Zona de trabajo: En esta zona del Generador de corriente y en torno a él
(radio de aprox. 1 metro), el personal instruido (véase el capítulo 4.4 ) puede
usar y controlar el aparato siguiendo las advertencias de seguridad y uso de
la documentación técnica. Cualquier otra persona (especialmente los meno-
res de edad y las personas con minusvalías) deben mantenerse alejadas de
esta zona de trabajo.
•
Zona de peligro: Esta zona debe mantenerse libre de personas en todas las
fases de aplicación y duración del aparato. Los trabajos en esta zona solo se
permiten a personal especialmente formado para ello y cuando son impres-
cindibles para la realización de la tarea y se utiliza todo el equipo de protec-
ción personal (EPP) necesario. Cumpla siempre los siguientes límites:
Por su seguridad
21