Registro De Vapor - AL-KO AT4F ATEX Serie Manual De Instrucciones Y De Montaje

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Montaje
Funcionamiento
Los refrigeradores están incluidos en la regulación de temperatura. La temperatura se ajusta mediante el control de las
válvulas de ajuste de agua caliente.
Sifón por parte del cliente
En el caso del refrigerador y el vaporizador central, se requiere un sifón adicional.
Cada salida de cuba debe contar con un sifón independiente.
5.8.4

Registro de vapor

3468162
La figura solo muestra un esquema de la conexión hidráulica del refrigerador. La conexión
hidráulica exacta debe realizarse conforme el criterio del gremio de la calefacción.
Si el módulo del refrigerador constituye el último componente antes del canal del cliente, se
debe prever un orificio de inspección en el lado del canal directamente en el registro/colector
de gotas. Se utiliza para la inspección y la limpieza.
En caso de temperaturas inferiores al punto de congelación, los intercambiadores de calor
deben vaciarse y soplarse con aire comprimido o llenarse con un anticongelante convencional
con protección anticorrosiva debido al riesgo de congelación y corrosión.
El tubo de desagüe y el sifón deben mantenerse protegidos contra heladas por parte del cliente.
Peligro de explosión debido a temperaturas elevadas y a cargas electrostáticas.
Si se utilizan componentes no autorizados para la versión ATEX, el equipo puede cargarse
electrostáticamente. Esto puede provocar una explosión.
Si el registro de vapor funciona con temperaturas de medio superiores a las definidas por
la identificación ATEX y a los factores de corrección asociados, esto puede provocar una
explosión.
El intercambiador de calor utilizado debe ser adecuado para la identificación ATEX re-
querida (clase de temperatura, respetar la clase de temperatura, el factor de corrección).
Las válvulas y los actuadores suministrados opcionalmente por AL-KO THERM solo pue-
den instalarse fuera de la zona ATEX. En caso contrario, deberán utilizarse válvulas y ac-
tuadores autorizados para la zona ATEX.
El explotador debe limitar la temperatura admisible del medio calefactor del intercambia-
dor de calor en las instalaciones del cliente.
El explotador debe asegurarse de que exista una distancia de seguridad suficiente entre la
temperatura del medio (p. ej.: medio del intercambiador de calor) y la temperatura mínima
de ignición de la mezcla potencialmente explosiva conforme a la norma DIN EN 1127-1.
Integre el intercambiador de calor en la compensación de potencial del equipo.
Nos reservamos el derecho a realizar modificaciones por avances técnicos.
INDICACIÓN
ATENCIÓN
ATENCIÓN
ADVERTENCIA
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