Wolf CGS-2-14/120L Instrucciones De Servicio Para El Instalador página 18

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Central de condensación a gas CGS-2
Caldera de condensación a gas según UNE EN 437 / UNE
EN 13203-1 / UNE EN 15502-1 / UNE EN 15502-2-1 / UNE
EN 60335-1 / UNE EN 60335-2-102 / UNE EN 62233/ UNE
EN 61000-3-2 / UNE EN 61000-3-3 / UNE EN 55014-1, así
como 92/42/CEE (Directiva sobre eficacia) / 2016/426/UE
(Reglamento sobre equipos de combustión a gas) / 2014/30/
UE (Directiva sobre CEM) / 2014/35/UE (Directiva de baja
tensión) / 2009/125/CE (Directiva ErP) / 2011/65/UE (Di-
rectiva sobre sustancias peligrosas - RoHS) / Reglamento
(UE) 811/2013 / Reglamento (UE) 813/2013, con encendido
electrónico y supervisión electrónica de la temperatura de los
gases de la combustión, para calefacción a baja temperatura
y producción de ACS en instalaciones de calefacción con
temperaturas de impulsión de hasta 90 °C y sobrepresión
admisible de 3 bar conforme a UNE EN 12828. Este equipo
de combustión a gas Wolf también está homologada para
instalación en garajes.
Las calderas de condensación de gas que
trabajan tomando el aire de combustión del
interior de la sala (sistema no estanco) sola-
mente deben instalarse en salas debidamente
ventiladas y respetando la legislación y nor-
mativa vigente a este respecto. De lo contrario,
existe peligro de asfixia e intoxicación. Lea
las instrucciones de montaje y mantenimiento
antes de instalar el equipo. Respete asimismo
las instrucciones de planificación.
En caso de funcionamiento con gas licuado se
utilizará exclusivamente gas propano según
EN 51 622; de lo contrario pueden producirse
averías que afecten el comportamiento de
ignición y el funcionamiento de la caldera de
condensación de gas, con el consiguiente pe-
ligro de desperfectos del equipo y de lesiones
de personas.
Si el depósito de gas licuado está mal purgado,
pueden producirse problemas de encendido. En
ese caso, deberá dirigirse al responsable del
llenado del depósito de gas licuado.
La temperatura del agua caliente del acumulador
se puede ajustar a más de 60 °C. En el caso de
un breve funcionamiento a más de 60 °C, deberá
controlarse el funcionamiento para garantizar
la protección contra escaldaduras. Para el
funcionamiento continuado deberán adoptarse
medidas para evitar que se produzcan consu-
mos a más de 60 °C, por ejemplo, una válvula
termostática.
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8. Normas y reglamentos
Figura: Grupo térmico de condensación a gas Wolf
Como protección contra los depósitos de cal, a partir de
15°dH (2,5 mol/m³) de dureza total debería ajustarse la
temperatura del ACS como máximo a 50 °C en aquellos
casos en que la legislación vigente lo permita.
Según el reglamento vigente, es el valor mínimo admisible
para la temperatura del ACS, porque con un uso diario de
la instalación de ACS, el riesgo de multiplicación de la
legionella está prácticamente descartado. (Si se instala un
acumulador de agua potable de ≤ 400 l; sustitución total
del agua del acumulador por el uso en un plazo de 3 días)
A partir de una dureza total de más de 20°dH, en cualquier
caso, para el calentamiento del ACS es necesario utilizar
un acondicionamiento de agua en la conducción de agua
fría para prolongar los intervalos de mantenimiento.
Incluso con una dureza del agua menor que 20 °dH puede
existir localmente un mayor riesgo de depósitos de cal y
resultar necesaria la adopción de medidas de descalcifi-
cación. En caso de inobservancia puede producirse una
calcificación prematura del equipo y una reducción del
confort de ACS. El instalador debe comprobar siempre
las características locales del agua.
3064114_202001

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