(a) No será necesario añadir ninguna carga adicional de refrigerante si la tubería tiene una longitud inferior a 10 m.
Si la tubería mide más de 10 m, deberá cargarse una cantidad extra de refrigerante conforme a la tabla.
(b) Ejemplo: Si el modelo de 14 kW está instalado a una distancia de 25 m, deberán añadirse (25-10) x 50 = 750 g
de refrigerante. La capacidad nominal se basa en la longitud de la tubería estándar, y la longitud máxima
permitida se basa en la fiabilidad del producto en funcionamiento. Si la unidad exterior se encuentra más alta
que la unidad interior, deberá instalarse un sifón de aceite cada 5-7 metros.
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