Jurisdiccion; Prescripcion - Ford MONDEO VIGNALE Manual Del Propietário

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Ford Assistance
VI. JURISDICCION
Para todas las cuestiones de derecho relativas a la relación contrac-
tual entre el titular y/o los beneficiarios de los servicios detallados en
las presentes Condiciones Generales y Ford Assistance, queda pac-
tada la aplicación de la legislación argentina y la jurisdicción de los
tribunales ordinarios de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Repú-
blica Argentina, con excepción de cualquier otro fuero o jurisdicción.
VII. PRESCRIPCION
Toda acción derivada de la relación que se constituye entre el/los
beneficiarios y Ford Assistance prescribirá a los 180 (ciento ochenta)
días, a contar de la ocurrencia del hecho que la originara.
VIII. RESERVA
Ford Assistance se reserva el derecho de exigir a los beneficiarios de
las presentes Condiciones Generales el reembolso de cualquier gasto
efectuado indebidamente, en caso de haberse prestado servicios no
contratados, y/o fuera del período de vigencia de acuerdo a lo esta-
blecido, y/o en forma diferente a lo estipulado en las presentes Con-
diciones Generales.

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