OmniPod UST400 Guía De Usuario página 202

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Apéndice
Recordatorios de citas y otras comunicaciones: Podremos usar o divulgar su Información Médica
sin su previa autorización por escrito para brindarle a usted o a otras personas (i) recordatorios de
citas, (ii) notificaciones para el reabastecimiento de productos/suministros y/o (iii) información
sobre alternativas de tratamiento u otros productos y servicios relacionados con la salud que
ofrecemos, entre otras cosas.
Familiares, amistades y emergencias: Si llega a requerir tratamiento de emergencia y no podemos
obtener su consentimiento, podremos divulgar su Información Médica a un familiar o pariente
que esté involucrado en su atención médica.
Mercadeo: Podremos usar o divulgar su Información Médica para brindarle comunicaciones
de mercadeo acerca de los productos y servicios relacionados con la salud que ofrecemos y acerca
de proveedores de productos, servicios, tratamientos o servicios de salud que pudieran ser de su
interés.
Categorías adicionales de usos y divulgaciones
Exigidos por ley: Podremos usar o divulgar su Información Médica en la medida que la ley
aplicable requiera el uso o la divulgación de dicha Información Médica. En aquellos casos
donde la ley exija el uso y/o la divulgación de Información Médica, dicho uso o divulgación
se hará en cumplimiento de la ley y se limitará a los requisitos relevantes establecidos en ella.
Cualesquiera de tales usos o divulgaciones se le notificarán, según lo exija la ley.
Salud pública: Podremos divulgar su Información Médica para fines y actividades de
salud pública a una autoridad de salud pública que esté autorizada por la ley para recopilar
o recibir la información. La divulgación se hará con el propósito de prevenir o controlar
enfermedades, lesiones o discapacidades. Si así lo ordena la autoridad de salud pública,
también podremos divulgar su Información Médica a una dependencia gubernamental
extranjera que esté colaborando con la autoridad de salud pública.
Enfermedades transmisibles: Si así lo autoriza la ley, podremos divulgar su Información Médica
a una persona que pueda haber estado expuesta a una enfermedad transmisible o que de otro
modo pueda estar en riesgo de contraer o propagar la enfermedad o el padecimiento.
Supervisión sanitaria: Podremos divulgar Información Médica a una agencia de supervisión
sanitaria para actividades autorizadas por la ley, tales como auditorías, investigaciones
e inspecciones. Las agencias de supervisión que buscan esta información incluyen dependencias
gubernamentales que supervisan el sistema de salud, los programas gubernamentales de
beneficios, otros programas gubernamentales regulatorios y las leyes de derechos civiles.
Administración de Alimentos y Medicamentos: Podremos divulgar su Información
Médica a una persona o empresa según lo ordene o exija la Administración de Alimentos
y Medicamentos [Food and Drug Administration (FDA)] (i) para recopilar o informar eventos
adversos (o actividades similares con respecto a suplementos alimenticios o dietéticos),
defectos o problemas con los productos (incluidos problemas con el uso o etiquetado de un
producto) o desviaciones en productos biológicos, (ii) para llevar un registro de los productos
regulados por la FDA, (iii) para permitir la retirada del mercado, reparación, reposición
o búsqueda inversa de productos (lo que incluye localizar y notificar a las personas que
han recibido productos que se han retirado del mercado o suspendido, o que son el objeto
de una búsqueda inversa) o (iv) para llevar a cabo la vigilancia poscomercialización.
Procedimientos legales: Podremos divulgar su Información Médica en el curso de cualquier
procedimiento judicial o administrativo (i) en respuesta a la orden de un juzgado o tribunal
administrativo (en la medida que dicha divulgación esté expresamente autorizada) y (ii) bajo ciertas
condiciones en respuesta a una citación, solicitud de presentación de evidencia u otro proceso legal,
después de que recibamos una garantía satisfactoria de que la parte que busca la información
ha intentado razonablemente notificarle dicha solicitud o ha intentado razonablemente obtener
una orden de protección calificada (en un juzgado o tribunal administrativo, o por estipulación)
para limitar la divulgación de su Información Médica.
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