INFORMACIÓN GENERAL
La ley estipula que nunca se debe navegar bajo la influencia de alcohol o estupefacientes. El alcohol y los
estupefacientes perjudican el razonamiento y reducen en gran medida la habilidad para reaccionar
rápidamente.
Abordaje de los pasajeros. Parar el motor para pesca por curricán si hay pasajeros abordando o bajando de
la embarcación.
Permanecer alerta. La ley señala que el operador de la embarcación es responsable de mantener una
vigilancia apropiada, tanto visual como auditiva. El operador debe tener la visión libre, en especial hacia el
frente. Ningún pasajero, carga o asientos de pesca deben bloquear la visión del operador al manejar la
embarcación.
Peligros sumergidos. Disminuir la velocidad y avanzar con precaución cuando se navegue por aguas poco
profundas.
Tropiezos. Para evitar tropiezos, tender bien todos los cables de forma que no obstaculicen el paso.
Comunicación de accidentes. La ley obliga a los operadores a presentar un parte de accidente de
navegación a la autoridad competente en el caso de que la embarcación haya estado implicada en
determinados accidentes de navegación. Es obligatorio comunicar un accidente si 1) ha habido pérdida de
vidas humanas o probabilidad de ella, 2) se han producido lesiones personales que precisen un tratamiento
médico posterior a los primeros auxilios, 3) se han producido daños a otras embarcaciones o propiedades
cuyo valor supere los 500,00 $ o 4) si la embarcación se declara en siniestro total. Solicitar ayuda adicional a
las autoridades locales.
4
spa