Criterios De Instalación Y Advertencias Específicas Sobre Los Requisitos Esenciales - Nice MBar Serie Instrucciones Y Advertencias Para La Instalación Y El Uso

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  • ESPAÑOL, página 81
el expediente técnico) la "Declaración de Conformidad" del anexo II.
• Directiva de Máquinas:
- En el apartado 1.3.1 se mencionan todos los criterios de instalación nece-
sarios para que el producto responda a los requisitos esenciales de la Direc-
tiva de Máquinas 2006/42/CE (ex 98/37/CE). La persona que realice la insta-
lación deberá comprobar y asegurarse del cumplimiento estricto de todos
estos criterios.
- En caso de que la instalación y el uso del accionador de barrera de paso se
realicen sin respetar uno o varios de los criterios estipulados, los requisitos
esenciales podrían no estar garantizados. Está prohibido utilizar el pro-
ducto en estas situaciones hasta que la persona que realice la instala-
ción compruebe que se respeten los requisitos previstos por la Direc-
tiva; en este caso, no se podrá utilizar la "Declaración CE de conformidad:
anexo I". Como consecuencia, la persona que realice la instalación se conver-
tirá a su vez en el fabricante del producto "barrera automática" y deberá res-
petar todos los criterios estipulados por la Directiva de Máquinas
2006/42/CE. El fabricante deberá realizar el análisis de los riesgos, que tam-
bién incluye la lista de los requisitos esenciales de seguridad indicados "en el
anexo I de la Directiva de Máquinas" y, además, deberá indicar las soluciones
que se hayan determinado. Cabe destacar que el análisis de los riesgos es
uno de los documentos que componen el "expediente técnico" del sistema
de automatización. Este documento deberá rellenarlo un instalador profesio-
nal y, además, se podrá utilizar la "Declaración de conformidad" del anexo II
que debe rellenar la persona que realice la instalación del accionador de
barrera de paso.
Advertencias específicas sobre la idoneidad del uso de este producto
de acuerdo con la Directiva de Máquinas 2006/42/CE, que deberán
tenerse en cuenta cuando el instalador se convierta en el fabricante del
producto.
El accionador de barrera de paso se introduce en el mercado como "cuasi
máquina" y se construye para ser incorporado en una máquina o para ser
ensamblado con otras maquinarias, a fin de realizar "una máquina" según la
Directiva 2006/42/CE sólo en combinación con los demás componentes y en
los modos descritos en el presente manual de instrucciones. Según lo previsto
por la Directiva 2006/42/CE, se advierte que no se permite la puesta en servi-
cio de este producto hasta que el fabricante de la máquina, donde se incorpo-
rará el producto, no la haya identificado y declarado conforme a la Directiva
2006/42/CE.
• Directiva "Baja Tensión":
Advertencias específicas sobre la idoneidad sobre el uso de este producto
de acuerdo con la Directiva "Baja Tensión" 2006/95/CEE.
Este producto responde a los requisitos previstos por la Directiva "Baja Ten-
sión" si se utilizara para el uso y con las configuraciones previstas en este
manual de instrucciones y en combinación con los artículos presentes en el
catálogo de los productos Nice S.p.a.
Si el producto se utilizara con configuraciones o con otros productos no pre-
vistos, los requisitos no podrían estar garantizados; está prohibido utilizar el
producto en estas situaciones hasta que el instalador no haya comprobado
que el producto responde a los requisitos previstos por la Directiva.
• Directiva "Compatibilidad Electromagnética":
Advertencias específicas sobre la idoneidad sobre el uso de este producto de
acuerdo con la Directiva "Compatibilidad Electromagnética" 2004/108/CEE.
Este producto ha sido sometido a los ensayos relativos a la compatibilidad
electromagnética en las situaciones de uso más duras, en las configuracio-
nes previstas en este manual de instrucciones y en combinación con los artí-
culos presentes en el catálogo de los productos Nice S.p.a.
Si el producto se utilizara con configuraciones o con otros productos no previs-
tos, la compatibilidad electromagnética podría no estar garantizada; está prohi-
bi do utilizar el producto en estas situaciones hasta que el instalador no haya
comprobado que el producto responde a los requisitos previstos por la Directiva.
1.3.1 - Criterios de instalación y advertencias específicas sobre los
requisitos esenciales
Si este producto está instalado correctamente, respeta los requisitos previstos
por la Directiva Europea sobre los "Productos de Construcción" 89/106/CEE
de acuerdo con cuanto requerido por la Norma armonizada EN 13241-1, tal
como indicado en la Tabla 1, y por la Directiva Europea sobre las "Máquinas"
TABLA 1 - Requisitos esenciales para el marcado CE (según el anexo ZA.1 de la norma EN 13241-1)
Características esenciales
Resistencia al agua
Emisión de sustancias peligrosas
Resistencia a la carga del viento
Resistencia térmica
Permeabilidad al aire
Apertura segura para puertas de movimiento vertical
Definición de la forma de los componentes de vidrio
Resistencia mecánica y estabilidad
Fuerzas de maniobra para cierres motorizados
Durabilidad de la resistencia al agua, de la resistencia térmica y de la permeabilidad al aire
* NPD = Rendimiento no declarado, cuando el producto no ofrece este rendimiento, por ejemplo "Permeabilidad al agua", o cuando el requisito no se aplica, por ejemplo "Definición
de la forma de los componentes de vidrio".
2 – Español
2006/42/CE.
¡Atención! – Si el accionador de barrera de paso estuviera destinado exclusiva-
mente para el tránsito vehicular, quedará excluido del campo de aplicación de la
Normativa EN 13241-1; en este caso, podría no ser obligatorio el cumplimiento
de algunos requisitos descritos en la Tabla 1. El tránsito puede considerarse
"exclusivamente vehicular" cuando para los demás tipos (por ejemplo, peatones)
esté prohibido, por ejemplo, indicado con señales adecuadas, y, si se necesitara
para otros tipos, cuando haya un espacio adecuado en las cercanías.
• Emisión de sustancias peligrosas:
El producto no contiene ni emite sustancias peligrosas, de conformidad con
cuanto previsto por la norma EN 13241-1, punto 4.2.9 y según la lista de las
sustancias presente en el sitio internet de la Comunidad Europea*: http:// euro-
pa.eu.int/comm/enterprise/construction/internal/dangsub/dangmain_en.htm
(*) Última actualización: 17/03/2003
Advertencia específica para garantizar el mantenimiento del requisito
Es fundamental que también los demás materiales utilizados en la instalación,
por ejemplo los cables eléctricos, sean conformes con este requisito.
• Resistencia a la carga del viento
En la Tabla 1a se indica la resistencia del mástil suministrado a la presión dife-
rencial del viento. Las pruebas han sido realizadas con el mástil equipado con
perfil paragolpes; otros accesorios podrían aumentar la superficie expuesta y
así reducir la resistencia a la carga del viento.
• Apertura segura para puertas de movimiento vertical
El producto no provoca movimientos incontrolados ni la caída del mástil en el
caso de avería de un componente del sistema de suspensión o de equilibrado
(muelles).
Advertencias específicas para garantizar el mantenimiento de los requisitos:
- Realice la instalación siguiendo escrupulosamente todas las indicaciones des-
critas en los capítulos "3 - Instalación" y "5 - Ensayo y puesta en servicio".
- Asegúrese de que se organice un plan de mantenimiento (por ejemplo utili-
zando un "Indicador de Mantenimiento" conectado a la salida FLASH asociado
a la relativa función – véase Tabla 10) en el que se lleve a cabo escrupulosa-
mente todo lo previsto en el capítulo "Plan de mantenimiento".
• Resistencia mecánica y estabilidad
El producto ha sido diseñado y fabricado para que, durante su uso normal, las
fuerzas aplicadas, los impactos y el desgaste no lo dañen ni perjudiquen sus
rendimientos mecánicos.
Advertencia: véase cuanto indicado para el requisito "Apertura segura para
puertas de movimiento vertical".
• Fuerzas de maniobra para cierres motorizados
Las fuerzas de funcionamiento producidas por el mástil, en relación con los
riesgos de aplastamiento e impacto, están protegidas mediante uno de estos
tres métodos:
1 Para el funcionamiento con "mando sin autorretención" (hombre pre-
sente): como especificado por la normativa EN 12453:2000, punto 5.1.1.4.
En este caso, el pulsador de mando debe estar colocado a la vista en el
automatismo y, si estuviera al alcance de la mano del público, no deberá
estar a su disposición, por ejemplo habrá que utilizar un selector de llave.
2 Para el funcionamiento "semiautomático": mediante la limitación de las
fuerzas, tal como especificado por la normativa EN 12453:2000, puntos
5.1.1.5 y 5.1.3.
3 Para el funcionamiento "automático": mediante la limitación de las fuer-
zas, tal como especificado por la normativa EN 12453:2000, puntos 5.1.1.5
y 5.1.3; en este caso, habrá que instalar obligatoriamente al menos un par de
fotocélulas como se muestra en la fig. 1.
Advertencias específicas para los funcionamientos "semiautomático"
y "automático": las pruebas para la comprobación de la eficiencia de los lími-
tes de las fuerzas se han llevado a cabo con la regulación de la Fuerza ajusta-
da con el valor de fábrica y con la regulación de la Velocidad ajustada con el
valor de fábrica; con el mástil montado tal como se indica en las instrucciones
y equipado con "perfil paragolpes" en la parte superior e inferior del mástil y
con el accesorio "luces de señalización" XBA4 montado en el perfil paragolpes
superior.
Advertencia específica para garantizar el mantenimiento del requisito:
consulte todas las indicaciones descritas para el requisito "Apertura segura
para puertas de movimiento vertical".
Punto de la norma
4.4.2
4.2.9
4.4.3
4.4.5
4.4.6
4.2.8
4.2.5
4.2.3
4.3.3
4.4.7
Resultado
NPD*
Conforme
Conforme
NPD*
NPD*
Conforme
NPD*
Conforme
Conforme
NPD*

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