PEUGEOT 206 2008 Manual Del Usuario página 113

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120 -
MEDIO AMBIENTE
PARA LA REPÚBLICA ARGENTINA
VALORES MÁXIMOS DE
EMISIÓN ATMOSFÉRICA
Este vehículo a la salida de fábrica
cumple con los siguientes límites
máximos de emisiones:
-
Vehículos equipados con mo-
tor de ciclo OTTO (combusti-
ble: NAFTA o GASOLINA)
Monóxido de carbono ( CO ) en
marcha lenta: MÁX.: 0,5%, para
vehículos fabricados a partir
del 01/01/99.
Hidrocarburos incombustos ( HC )
en marcha lenta: MÁX.: 250 ppm
(partes por millón) para vehí-
culos fabricados a partir del
01/01/99.
-
Vehículos equipados con mo-
tor de ciclo DIESEL (combusti-
ble: GASOIL)
Ennegrecimiento del gas de es-
cape por el procedimiento de
«aceleración libre»:
Medición
por
BACHARACH): MÁX.: 5
Medición con opacímetro (co-
efi ciente de absorción): MÁX.:
2,62 m-1
*
Los períodos pueden variar se-
gún la jurisdicción y categoría del
vehículo (taxi, remis, particular,
etc.).
** En función de la legislación en vi-
gor en el país.
Los gases de escape se mantendrán
dentro de los valores legislados du-
rante 80.000 km * (según correspon-
da) o 5 años de uso, siempre y cuan-
do se respeten estrictamente los
mantenimientos prenventivos y las
recomendaciones de uso dadas en
el Manual de Uso y Características.
* 80.000 km.: Vehículos livianos
(PBT < 3.856 Kg) con motor de Ciclo
OTTO y Diesel.
La garantía precedentemente indica-
da sólo será de aplicación en aque-
llas «confi guraciones» o «modelos»
(según defi nición del texto Legal Ley
Nº 24449/95, Dec. P.E.N. 779/95,
Art. 33) que se hayan certifi cado con
valores que superen el 90% de los
límites de emisión establecidos para
cada contaminante.
CONTROL TÉCNICO **
fi ltrado
(índice
La legislación vigente en el orden
federal
TÉCNICO PERIÓDICO , el primero
de cuales se efectuará a los 36 me-
ses * (unidades de uso particular),
después de la venta al primer usua-
rio. Si el vehículo tuviera un siniestro
que afecte alguno de los sistemas
contemplados en dicho control, ca-
ducará el período faltante entre la
fecha del siniestro y el mencionado
plazo de 36 meses * .
establece
el
CONTROL
Después de la primera revisión, las
restantes se efectuarán:
-
Para vehículos con menos de
7 años; cada 24 meses * .
-
Para
vehículos
con
7 años; cada 12 meses * .
Cada uno de los sistemas del vehí-
culo objeto del mencionado control
técnico, se indican en la presente
sección de MANTENIMIENTO , por
lo que recomendamos al usuario
su especial atención a fi n de que el
vehículo se encuentre en correctas
condiciones de mantenimiento.
El conjunto de elementos a controlar
consta de:
-
El ya mencionado de contamina-
ción ambiental.
-
Luces.
-
Sistema de dirección, frenos,
suspensión, carrocería, llantas,
neumáticos.
-
Estado general del vehículo tanto
interno como externo.
-
Sistemas de escape.
-
Accesorios de seguridad: cinturo-
nes de seguridad, apoyacabezas,
balizas, extintores de incendios.
IMPORTANTE:
El cumplimiento de los servicios, de
las REVISIONES PERIÓDICAS es
una forma de satisfacer los reque-
rimientos del CONTROL TÉCNICO
PERIÓDICO.
más
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