Condiciones Generales de Garantía de los Productos
instalaciones, en el caso de las instalaciones existentes
copia del certificado de instalación emitido por su insta-
lador en el momento del montaje del aparato. Para los
productos instalados en viviendas nuevas la fecha de
inicio de garantía vendrá dada por la fecha de adquisi-
ción de la misma. Alternativamente se considerará como
referencia la fecha de alta que figure en el contrato de
suministro de gas/electricidad. Y siempre que no hayan
transcurrido más de 12 meses desde la fecha de adqui-
sición de la vivienda.
3.4 Garantía termos eléctricos, aplicación del Real De-
creto Ley 7/2021, de 27 de abril, según condiciones
generales 3.1, y adicionalmente Garantía comercial por
perforación del depósito de 5 años (gamas Elacell Com-
fort, Elacell Excellence y Elacell Excellence 4500).
Exclusivo para gama Elacell Excellence 4500, garantía
comercial por perforación del depósito ampliable a
7 años, mediante el registro obligatorio del termo en
www.Junkers.es, durante el primer mes desde fecha
factura compra.
Durante los 2 primeros años, los costes de desplazamien-
to y mano de obra que correspondan por Ia sustitución
o reparación del producto, serán a cargo del fabricante,
salvo que la falta de conformidad por la cual se solicita
el servicio, sea ajena al termo o incompatible con la natu-
raleza del producto. A partir del mes 24 hasta el mes 36
la incidencia deberá verificarse y evidenciarse que clara-
mente existía en el momento de la entrega, y de no ser
así no tendrá el tratamiento de garantía.
Durante el periodo de Garantía comercial adicional los
costes de desplazamiento y mano de obra serán a cargo
del consumidor.
Con referencia al mantenimiento de los depósitos es
necesario seguir las instrucciones que sobre el manteni-
miento se incluyen en Ia documentación que se adjunta
con el producto, y en el punto 3.7.
Acumuladores indirectos de agua. Aplicación Garantía
según condiciones generales (3.1) según condiciones
generales.
3.5 El producto destinado para uso doméstico, será ins-
talado según la reglamentación vigente (normativas de
agua, gas, electricidad, calefacción y demás reglamen-
tación estatal, autonómica o local relativas al sector) y
conforme a las instrucciones del manual de instalación y
de uso. Una instalación no conforme a las especificacio-
nes del fabricante que no cumpla Ia normativa legal en
esta materia, dará lugar a Ia no aplicación de la garantía.
Siempre que se instale en el exterior, deberá ser pro-
tegido contra las inclemencias meteorológicas (lluvia y
viento). En estos casos, será necesario Ia protección del
aparato mediante un armario o caja protectora debida-
mente ventilada. Todos los aparatos de combustión se
instalarán con conducto de evacuación y cortavientos en
el extremo final del tubo.
CONDICIONES GENERALES DE GARANTÍA
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3.6 No se instalarán aparatos de cámara de combustión
abierta en locales que contengan productos químicos
en el ambiente (por ejemplo, peluquerías) ya que Ia
mezcla de esos productos con el aire puede producir
gases tóxicos en la combustión y un mal funcionamiento
en el aparato.
3.7 Acumuladores de agua a gas, acumuladores indirec-
tos, termos eléctricos, equipos termosifón y calderas
que incluyen depósitos acumuladores de agua caliente,
para que se aplique la prestación de la Garantía, es obli-
gatorio que el ánodo de magnesio esté operativo y que
realice la función de protección adecuadamente.
Para ello es necesario que el ánodo se revise bianual-
mente por el Servicio Oficial y sea renovado cuando
fuera necesario. Periodicidad que deberá ser anual en
aquellas zonas con aguas críticas (contenido de CaCO3
superiores a 200mg/L, es decir a partir de 20ºfH de
dureza). Depósitos sin el correcto estado del ánodo de
protección, no tienen la cobertura de la garantía. Inde-
pendientemente del tipo de depósito o producto, todas
las válvulas de sobrepresión de calefacción o a.c.s., de-
berán ser canalizadas para evitar daños en Ia vivienda
por descargas de agua. La garantía del producto no asu-
me los daños causados por Ia no canalización del agua
derramada por esta válvula.
3.8 Garantía de los Emisores térmicos, aplicación del
Real Decreto Ley 7/2021, de 27 de abril, según condi-
ciones generales. 3.1.
3.9 Garantía Captadores solares y depósitos termosi-
fón, aplicación del Real Decreto Ley 7/2021, Aplicación
Garantía según condiciones generales (3.1) y adicional-
mente garantía comercial para este producto se extien-
de a 6 años. Durante los 2 primeros años, los costes de
desplazamiento y mano de obra que correspondan por
la sustitución o reparación del producto, serán a cargo
del fabricante, salvo que las faltas de conformidad por
la cual se solicita el servicio, sea ajena o incompatible
con la naturaleza del producto. A partir del mes 24 hasta
el mes 36 la incidencia deberá verificarse y evidenciarse
que claramente existía en el momento de la entrega, y
de no ser así no tendrá el tratamiento de garantía.
Durante el periodo de Garantía comercial adicional los
costes de desplazamiento y mano de obra serán a cargo
del consumidor. Esta garantía no ampara Ia rotura del vi-
drio protector, estructuras de fijación, así como los gol-
pes de transporte o instalación que afecten al captador.
3.10 El agua utilizada en el sistema debe cumplir los
requerimientos del fabricante en lo referente a pH, con-
ductividad, dureza, alcalinidad, concentración de cloru-
ros. Valores inadecuados dan lugar a Ia no prestación de
Ia garantía.
Los valores del fluido del sistema deberán estar dentro
de los indicados a continuación:
El contenido de sales solubles no excederá de 500 mg/l.
La conductividad no debe sobrepasar los 650 μS/ cm.
Tronic 1000 T – 6721842806 (2022/04)
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