Tabla 4.3 Resumen de las longitudes de las tuberías de refrigerante permitidas y las diferencias de nivel
Categoría
Longitud total de las tuberías
Tubería entre la unidad interior
más alejada y la primera
derivación de ramal exterior
Longitudes de
Tubería entre la unidad
las tuberías
exterior y la derivación de
ramal exterior
Tubería entre la unidad interior más alejada y la
primera derivación de ramal interior
Mayor diferencia de nivel
entre la unidad interior y la
Diferencias de nivel
unidad exterior
Mayor diferencia de nivel entre las unidades interiores
Los requisitos de longitud de las tuberías y de diferencia
de nivel que se aplican se resumen en la Tabla 4.3 y se
describen detalladamente a continuación.
La tubería entre la unidad interior más
1.
Requisito 1:
alejada (N11) y la primera derivación de ramal
exterior (L) no debe sobrepasar los 220 m (longitud
real) y los 260 m (longitud equivalente). (La longitud
equivalente de cada derivación de ramal es de 0,5m,
y la longitud equivalente de cada cabezal de ramal es
de 1m).
La tubería entre la unidad interior más
2.
Requisito 2:
alejada (N11) y la primera derivación de ramal
interior (A) no debe sobrepasar los 40 m de longitud
(Ʃ{L6 a L10} + k )≤ 40m) a no ser que se cumplan las
siguientes condiciones y se tomen las siguientes
medidas, en cuyo caso la longitud máx. permitida es
de 120 m.
Condiciones:
a) Cada derivación de tubería auxiliar interior (desde
cada unidad interior a su derivación de ramal más
cercano) no exceda los 40 m de longitud ("a" a "k"
cada una ≤ 40m).
b) La diferencia de longitud entre {la tubería de la
primera derivación de ramal interior (A) a la unidad
interior más alejada (N11) y {la tubería de la primera
derivación de ramal interior (A) a la unidad interior
más cercana (N1) no exceda los 40m. Es decir:
(L6+L7+L8+L9+L10+k) – (L2+a)≤40m.
Medidas:
a) Aumente el diámetro de las tuberías principales
interiores (la tubería entre la primera derivación de
ramal interior y todas las demás derivaciones de
ramales interiores, de L2 a L10) como sigue, salvo
para las tuberías principales interiores que ya sean
del mismo tamaño que la tubería principal (L1), para
la que no se necesita un aumento de diámetro.
Tabla 4.5
3/4
D
≥ 31
R
H
Longitud real
Longitud equivalente
Longitud real
La unidad exterior
está por encima
La unidad exterior
está por debajo
7/8
1''
1''1/8
1''1/4
1''1/2
≥ 45
≥ 60
≥ 300
21
Valores
permitidos
L1+∑(L2 a 10)x2+
≤ 1100m
∑("a" a "k")
≤ 220m
L1+L6+L7+L8+L9+L10+k
(Consulte el requisito 1)
≤ 260m
g1≤10m, g2+G1≤10m,
≤ 10m
g3+G1≤10m
L6+L7+L8+L9+L10+k
≤ 40(120)m
(Consulte el requisito 2)
≤ 110m
(Consulte el requisito 3)
≤ 40m
(Consulte el requisito 4)
Tabla 4.4 Diámetros de aumento admisibles de la
tubería (mm)
3/8 a 1/2
1/2 a 5/8
3/4 a 7/8
7/8 a 1''
1''1/8 a 1''1/4
1''1/4 a 1''1/2
1''5/8 a 1''3/4
1''3/4 a 2''
3. Requisito 3: La mayor diferencia de nivel entre la
unidad interior y la unidad exterior no debe exceder
los 110m (si la unidad exterior está arriba) o los 110m
(si la unidad exterior está debajo). Además: (i) Si la
unidad exterior está por encima y la diferencia de
nivel es superior a 20 m, se recomienda establecer un
codo de retorno de aceite con las dimensiones
especificadas en la figura 4.8 cada 10 m en la tubería
de gas de la tubería principal; y (ii) si la diferencia de
nivel es superior a 40 m (la unidad exterior está por
debajo) o a 50 m (la unidad exterior está por encima),
el tamaño de la tubería principal (L1) debe
aumentarse según la tabla 4.7.
4 Requisito 4: La mayor diferencia de nivel entre las
unidades interiores no debe exceder los 40 m.
R
R
D
1''5/8
1''3/4
2''
2''1/8 2''1/2
≥ 80
≥ 90
≥ 500
Tuberías
5/8 a 3/4
1'' a 1''1/8
1''1/2 a 1''5/8
2'' a 2''1/8
D
Figura 4.8
Unidad: mm
V.1