El árbitro será un abogado o juez actualmente en ejercicio o retirado y familiarizados con el software de consumo o automoción. El
árbitro seguirá la ley sustantiva, estatuto de limitaciones, y decidirá los temas relacionados con la interpretación, vigencia y aplicación
de esta cláusula. El árbitro podrá ordenar la compensación permitida por la ley. Esta cláusula se rige y es aplicable conforme a la FAA.
Un fallo incluirá una opinión escrita y será final, sujeto a apelación conforme a la FAA.
Esta cláusula seguirá vigente tras la rescisión de este Acuerdo o relación, bancarrota, asignación o transferencia. Si parte de esta cláusula
no es aplicable, el resto permanecerá vigente. Si la no aplicación permite el arbitraje como demanda colectiva, esta cláusula se
considerará no aplicable en su totalidad. Podrá excluirse en el plazo de 30 días tras empezar a usar el Software enviando una
notificación escrita y firmada HONDA a Honda Financial Services, P.O. Box 165007, Irving, TX 75016. HONDA se reserva el derecho a
realizar cambios a esta cláusula tras presentar la notificación escrita y una oportunidad para excluirse.
N. Miscelánea: No podrá asignar este ACUERDO sin el consentimiento previo por escrito de HONDA. Este ACUERDO y las CONDICIONES
DE HONDA y las CONDICIONES DEL PROVEEDOR adicionales representan la totalidad del acuerdo entre usted y nosotros. HONDA podrá
modificar las condiciones de este ACUERDO informándole de tales condiciones actualizadas. Si no consiente vincularse por las condiciones
actualizadas, su única opción será dejar de usar el SOFTWARE y los SERVICIOS. Si cualquier parte de este ACUERDO se considera no válida,
nula o impracticable, el resto del ACUERDO permanecerá válido y aplicable según sus condiciones. En la medida máxima permitida por la
ley, y salvo lo dispuesto expresamente de otra forma, este ACUERDO y cualquier disputa derivada o relacionada con él se interpretarán
conforme a las leyes del estado de California, salvo que las leyes de California relacionadas la elección de la jurisdicción o los conflictos no
se apliquen si resultaran en la aplicación de la ley sustantiva de otra jurisdicción. No obstante a lo anterior, la Sección M se regirán por la
ley de arbitraje federal y las leyes del estado de California, según proceda, conforme a lo establecido en ellas. Si en alguna ocasión no se
cumple alguna condición de este ACUERDO, no se evitará la aplicación en otras ocasiones ni la aplicación de ninguna otra condición. Los
títulos no se considerarán incluidos para fines de interpretación ni aplicación del presente, sino solo a modo de referencia.
uuInformación general sobre el sistema de audiouAcuerdo de licencia de aplicación Honda
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