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mabe HM6013GWAI Instructivo página 12

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Consideraciones de aireación y ventilación
• El recinto en que se coloque este artefacto debe cumplir con los
requisitos de ventilación establecidos para dicho efecto en el
National Fire Protecction Association, NFPA 54. National Fuel Gas
Code, de los Estados Unidos de Norteamérica (mercado Ecuatoriano).
• No instale su horno en baños, cuartos, duchas, sótanos, dormitorios o
lugares cuyo nivel permita la acumulación de una mezcla explosiva
de gas-aire.
• Asegurar una correcta ventilación en la zona donde será ubicado el
artefacto para que exista una buena combustión, de no ser así, ésta
será incompleta y aumentará la producción de monóxido de carbono.
• Se debe tener un área de ventilación necesaria para renovar el aire
consumido en la combustión de su(s) gasodoméstico(s) y para diluir
los gases de la combustión, con el fin de bajar el contenido de
monóxido de carbono.
• En toda construcción, el recinto en el cual se ha de ubicar el o los
gasodomésticos, debe poseer un espacio cuyo volumen sea mayor o
igual a 3.4m3 por cada kilovatio (3,6 MJ/h) de potencia nominal
agregada o conjunta de todos los artefactos de gas en ese recinto. En
caso de que no se cumpla con esa condición, el recinto deberá ser
dotado con dos aberturas permanentes que garanticen la aireación
necesaria según el caso: la superior debe comenzar a una distancia no
menor de 180 cm del piso y la inferior a una no mayor de 30 cm del
suelo. En lo posible evitar que queden sobre el mismo eje vertical. Las
dimensiones lineales de estas aberturas no deben ser inferiores a 8 cm.
• La abertura superior sirve para desalojar el aire viciado y la inferior
para la aspiración del aire de combustión, renovación y dilución. Para
definir el tamaño de las rejillas se debe tener en cuenta la posición de
estas con respecto a la atmósfera exterior y las características de los
artefactos que se van a instalar. Si existen otros artefactos de gas
dentro del local, se deben sumar las capacidades caloríficas, (ver
datos en placas de identificación de los artefactos) de todos, de
acuerdo con lo siguientes casos:
a) Cuando las rejillas comunican directamente con la atmósfera
exterior o mediante conductos verticales, cada rejilla deberá tener
un área libre para la aireación de 6 cm
MJ/h) de potencia nominal agregada o conjunta de todos los
artefactos a gas instalados en el espacio confinado.
por cada kilovatio (3,6
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