4. CONFORMIDAD CE
4.1. PLACA DE IDENTIFICACIÓN
4.2. DECLARACIÓN DE CONFORMIDAD
(FACSIMÌL)
5. DOCUMENTACIÓN COMPLEMENTARIA
El ADR exige la obligación de un Documento De Transporte (D.D.T.) en el que deberán figurar las siguientes informaciones:
1.
El nombre y la dirección del expedidor
2.
El nombre y la dirección del o los destinatario/s
3.
La sigla UN, seguida por el nº ONU de la materia (para el gasóleo: UN 1202)
4.
La designación oficial de transporte de la materia (por ejemplo COMBUSTIBLE DIESEL o bien GASÓLEO)
5.
La Clase ADR de la materia (para el gasóleo: 3)
6.
El grupo de embalaje de la materia (para el gasóleo: III)
7.
El código de restricción en túnel (para el gasóleo "E") Ejemplo de mención según c), d), e), f): "UN 1202 GASÓLEO, 3, III, (E)"
8.
El número y la descripción de los bultos (por ejemplo nº 1 GIR/IBC 31A)
9.
La cantidad total de mercancía peligrosa (por ejemplo 960 litros)
En caso de transporte en régimen de exención, deberá ser indicado además el cuantitativo total en litros a efectos de calcular la exención,
seguido de la mención: "Transporte no excedente los límites de exención prescritos en el cap. 1.1.3.6 ADR"
- El D.D.T. ADR de ninguna manera sustituye cualquier otro documento solicitado por cualquier otra regulación aplicable (por ejemplo
carta de porte).
-
El ADR no prevé para el D.D.T. el uso de un formulario estándar; puede asumir valencia de DDT ADR cualquier otro documento dife-
rente obligatorio, a condición de que contenga todas las indicaciones anteriormente mencionadas.
ES
4.3. DECLARACIÓN DE CORRECTA
INSTALACIÓN (FACSÍMIL)
56
MAN_CTK-HT_Rev.2 del 04.2021