riales" aplicaciones de geomarketing,
aplicaciones GIS, aplicaciones de admi-
nistración de activos comerciales
móviles, aplicaciones de centros de
llamadas, aplicaciones de telemática,
aplicaciones de Internet para organiza-
ciones públicas o para proporcionar
servicios de codificación geográfica.
V. Territorio de Europa
A. Uso de códigos de tráfico específicos
en Europa
1. Restricciones generales aplicables
a los códigos de tráfico. El cliente
reconoce y acepta que, en países
específicos del Territorio de Europa, el
Cliente deberá obtener derechos
directamente de proveedores de
código RDS-TMC terceros para recibir
y usar los códigos de tráfico de los
Datos y para entregar las transac-
ciones a Usuarios Finales en cualquier
modo derivado o basados en tales
códigos de tráfico. En tales países,
HERE entregará los Datos, incorpo-
rando códigos de tráfico al Cliente solo
después de haber recibido la certifica-
ción de que el cliente obtuvo los dere-
chos antes mencionados.
2. Muestra de leyendas de derechos
de terceros para Bélgica. El cliente
deberá proporcionar en cada transac-
ción que use códigos de tráfico para
Bélgica el siguiente aviso al Usuario
Final: "Los códigos de tráfico de
Bélgica son proporcionados por el
Ministerie van de Vlaamse Gemeens-
chap and the Ministèrie de l'Equipe-
ment et des Transports."
Apéndices
B. Mapas en papel. Respecto a cualquier
licencia otorgada por el Cliente asociada
a la creación, venta o distribución de
mapas en papel (esto es, un mapa
impreso en un papel o un medio seme-
jante al papel): (a) esta licencia, relacio-
nada con los Datos del Territorio de
Gran Bretaña, está condicionada por la
celebración y cumplimiento del Cliente
de un acuerdo escrito adicional, con
Ordnance Survey ("OS") para crear y
vender mapas en papel, el pago del
cliente a OS de todas y cada una de las
regalías aplicables por concepto de
mapas en papel y el cumplimiento del
Cliente de los requisitos de aviso de
copyright de OS; (b) esta licencia para
la venta o cualquier otra forma de
distribución por cargos, relacionada con
los Datos del Territorio de la República
Checa, está condicionada por la obten-
ción del Cliente de un permiso de
Kartografie a.s.; (c) esta licencia para
venta y distribución, relacionada con los
Datos del Territorio de Suiza, está
condicionada por la obtención de un
permiso del Bundesamt für Landestopo-
graphie suizo; (d) el Cliente está impe-
dido de usar datos del Territorio de
Francia para crear mapas en papel con
escala entre 1:5,000 y 1:250,000 y (e)
el Cliente está impedido de usar los
Datos para crear, vender o distribuir
mapas en papel que sean idénticos o
sustancialmente similares, en términos
de contenido de datos y uso específico
de color, símbolos y escala, a los mapas
en papel publicados por las agencias
nacionales europeas de cartografía, lo
que incluye, sin limitación, a Landerver-
messungämter de Alemania, Topogra-
fische Dienst de los Países Bajos, Natio-
naal Geografisch Instituut de Bélgica,
Bundesamt für Landestopografie de
Suiza, Bundesamt für Eich-und
Vermessungswesen de Austria y el
National Land Survey de Suecia.
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